Autorización de uso y disposición para alimentos y sustancias químicas peligrosas
Institución:
Autoridad SanitariaÚltima actualización: 30/08/2010
Descripción:
Permite el uso, venta, consumo, cesión y disposición de productos importados.
Para quién:
Importadores de productos alimenticios.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
Las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (Seremi de Salud), emiten la resolución que autoriza o rechaza al importador el uso, venta, consumo, cesión y disposición de alimentos y sustancias químicas peligrosas importadas.
Previamente, la Seremi de Salud correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra la bodega, puede inspeccionar y/o someter a análisis de laboratorio dichos productos, para comprobar que cumplan con la normativa sanitaria vigente.
¿A quién está dirigido?
- Importadores de productos alimenticios y sustancias químicas peligrosas.
- Agentes de Aduanas (autorizados por el Servicio Nacional de Aduanas).
Requisitos
- El recinto de almacenamiento debe contar con autorización para tales efectos.
- En el caso de Alimentos es obligatorio contar con la Resolución Sanitaria emitida por la Seremi de Salud correspondiente a su jurisdicción.
- En caso de haber toma de muestras y sus respectivos análisis, deben ser cancelado en las Oficinas de Atención al Usuario de la Seremi de Salud correspondiente, a las 72 horas de haber sido tomadas.
- Los productos que se anuncien como alimentos, y que posean o se atribuyan propiedades terapéuticas deben contar con la determinación del Régimen de Control Aplicable, emitido por el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), conforme a lo establecido en el artículo 70 del Decreto Supremo 1876/95.
Si realiza la solicitud por internet:
- Tener casilla de correo electrónico.
- Contar con nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
- Entregar la documentación exigida durante la Visita de Inspección.
Documentos requeridos
- Certificado de destinación aduanera.
- Copia de factura de compra.
- Copia del documento que acredita que la instalación puede almacenar los productos.
- En el caso de Alimentos, copia de Resolución Sanitaria de la bodega o depósito autorizado.
- Certificado sanitario del país de origen del producto, válido para cada partida de importación o certificado de libre venta de los productos.
- Ficha técnica emitida por el fabricante del producto, en español, para los productos importados por primera vez al país o con cambio de formulación respecto a los importados previamente.
¿Dónde se realiza?
- Por internet en www.tramiteenlinea.cl.
- Por internet también puede registrarse y obtener la clave de usuario.
- En la oficinas de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud correspondiente.
Tiempo de realización
Promedio 10 días hábiles.
Costo
- Alimentos: Cuenta con arancel por rango, dependiendo de los kilos de producto, el arancel mínimo de pago es $20.497.-, considerándose un máximo de $85.691.-
- Sustancia toxicas o Peligrosas: Cuenta con arancel por rango, dependiendo de los kilos de producto, el arancel mínimo de pago es $19.316.-, considerándose un máximo de $154.243.-
Resultado
Resolución Autorización de Uso y Disposición para Productos Importados o de rechazo cuando corresponda.
Observaciones
- Si el producto no cumple con la normativa vigente o si la bodega de destino no está autorizada para almacenar ese tipo de productos, la solicitud es rechazada.
- Los solicitantes que acrediten pertenecer a un programa social (Certificación Municipal de Microempresa Familiar u otros; o que tienen un puntaje igual o inferior a 11.500 puntos en la Ficha Protección Social), acceden a un arancel de $1.000.
- Los aranceles se actualizan una vez al año en forma automática, todos los 10 de enero, conforme a la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

