Emisión de Factura Exenta Electrónica en portal MIPYME
Institución:
Servicio de Impuestos Internos (SII)Última actualización: 05/11/2009
Descripción:
Emisión de una Factura Exenta Electrónica a través del sistema de facturación electrónica del portal MIPYME.
Para quién:
Contribuyentes Mipyme (Micro, pequeña y mediana empresa)
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
En emitir una Factura Exenta Electrónica ingresando los datos en el Sistema de Facturación Electrónica, al igual que una Factura no electrónica de Ventas y Servicios no Afectos o Exentos de IVA.
¿A quién está dirigido?
A empresas y personas incorporadas o que deseen incorporarse (cumpliendo previamente los requisitos) al Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME, que requieran emitir una Factura Exenta Electrónica.
Requisitos
Una vez incorporado al Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, el contribuyente podrá emitir las Facturas Exentas Electrónicas que necesite.
Para ello, debe tenerse en cuenta el Art. 12 del D.L. N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios que indica cuales son las ventas y servicios exentos de IVA. Para incorporarse al Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, se debe cumplir al menos con los siguientes requisitos:
- Poseer inicio de actividades vigente.
- Poseer la calidad de contribuyente de Primera Categoría, según la Ley de la Renta. Si es contribuyente de IVA necesitará además, la verificación de actividades positiva.
- No tener la condición de querellado, procesado o, en su caso, acusado conforme al Código Procesal Penal por delito tributario, o que haya sido sancionado por este tipo de delito hasta el cumplimiento total de su pena.
- Tener ventas anuales que no superen los $500.000.000. Para estos efectos se considerará la información incorporada por las empresas en sus declaraciones mensuales de IVA.
- El Contribuyente, los usuarios autorizados y el Representante Legal del Contribuyente no deben presentar situaciones pendientes con el SII, tales como: no ubicado, no declarante de impuestos o que se encuentren en situaciones de inconcurrencia a citaciones de este Servicio.
Documentos requeridos
Los contribuyentes que cumplen con los requisitos de inscripción en el Sistema, sólo requieren disponer de un Certificado Digital (entregado por alguna de las entidades proveedoras) para acceder a él y comenzar a disfrutar de las ventajas de la Factura Electrónica. Consulte la lista de las empresas que proveen Certificado Digital en la Oficina Virtual del SII en Internet, www.sii.cl , sección Factura Electrónica, opción Sitios de Interés, Proveedores de Certificados Digitales.
¿Dónde se realiza?
Ingresando a la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos (SII) en Internet, www.sii.cl , Portal MIPYME, opción Facturación Electrónica, menú Emisión de Documentos Tributarios Electrónicos
Costo
No tiene costo.
Resultado
Emisión Factura Electrónica Exenta.
Observaciones
- La inscripción y autorización para operar en este Sistema se encuentra normado por la Resolución Exenta SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005.
- Para conocer cómo se emite una Factura Exenta Electrónica en el Sistema de Factura Electrónica del Portal MIPYME, véase la Guías Paso a Paso de emisión de la Factura Exenta Electrónica dispuesta en www.sii.cl, Portal Tributario MIPYME, opción Guías Prácticas Facturación MIPYME.
- Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos a través del Sistema de Factura Electrónica del Portal MIPYME, deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como los requisitos exigidos específicamente en la aplicación de facturación electrónica señalada.
- La representación impresa de los Documentos Tributarios Electrónicos debe ceñirse a lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 18, de 2003, modificada por Resolución Ex. SII N° 84, de 2005 y complementada por Resolución Ex. SII N° 76, de 2005.

