Registro de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad
Institución:
Dirección del TrabajoÚltima actualización: 16/11/2010
Descripción:
La Dirección del Trabajo mantiene un registro de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad que toda empresa con más de 25 trabajadores está obligada a constituir.
Para quién:
Empleadores.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos Requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
De acuerdo a lo señalado en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en toda empresa en que trabajen más de 25 personas y en cada faena, agencias o sucursales que tuviera, debe organizarse un comité compuesto por seis representantes de los trabajadores, elegidos por votación (tres titulares y tres suplentes), y seis designados por la empresa (tres titulares y tres suplentes).
Sus decisiones, relacionadas con la higiene y seguridad laboral, son obligatorias para la empresa y los trabajadores. Cada vez que se constituye, debe preparar un acta de constitución y entregarla a la Dirección del Trabajo. Su vigencia es de dos años y finalizado dicho plazo deben realizarse nuevas votaciones y actualizar los representantes del comité ante la Dirección del Trabajo.
El registro de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad se realiza posteriormente a la constitución del comité y sus respectivas renovaciones.
¿A quién está dirigido?
A empleadores en cuya empresa trabajen más de 25 personas.
Requisitos
- Estar registrado y tener clave de acceso para realizar trámites en línea en la Dirección del Trabajo.
Si no lo está, hacerlo directamente en la sección Registro de Empresas del sitio web www.direcciondeltrabajo.cl
Documentos Requeridos
Adjuntar copias escaneadas de:
- Cédula de identidad (personas naturales)
- RUT de la empresa.
- Cédula de identidad del representante legal.
- Escritura en que se designa al representante legal (personas jurídicas).
¿Dónde se realiza?
A través de internet en el sitio web institucional, ingresando su Rut y clave Seleccione la opción "Comité Paritario" y se desplegará el listado de certificados solicitados anteriormente, en caso de haberlos.
- Para constituir un comité paritario, pinche en "Comité Paritario" y siga los pasos que se indicarán.
- Para visualizar su Certificado de Constitución, pinche en "Certificado".
Tiempo de realización
El trámite se realiza en línea.
Costo
No tiene costo.
Resultado
Registro de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
Observaciones
Permite consultas en línea sobre los Comité Paritarios vigentes constituidos ante la Dirección del Trabajo.

