Autorización para comercializar productos eléctricos, a gas y combustibles líquidos

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Última actualización: 23/09/2010

Descripción:

Resolución emitida por la SEC que autoriza la comercialización de productos eléctricos, a gas y combustibles líquidos, para los que no existen organismos de certificación autorizados para ello.

Para quién:

Importadores y fabricantes nacionales de productos eléctricos, a gas y combustibles líquidos.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) entrega la autorización que permite al solicitante comercializar productos eléctricos, a gas y combustibles líquidos, para los cuales no existen organismos de certificación autorizados.

El interesado debe solicitar expresamente dicha autorización a la SEC. Una vez recibida la SEC revisa la documentación, y si ésta cumple con los requisitos establecidos en las disposiciones vigentes, otorga la autorización de comercialización que corresponda.

Esta autorización tiene una vigencia de 18 meses, sin perjuicio de que pueda solicitarse una prórroga por igual período de acuerdo al mérito de los antecedentes.

¿A quién está dirigido?

A importadores y fabricantes nacionales de productos eléctricos, a gas y combustibles líquidos.

Requisitos

  • Presentar la solicitud identificando al solicitante con la siguiente información:
  1. Nombre completo o razón social, Rut y domicilio en Chile.
  2. En caso de ser persona jurídica, certificado de vigencia de la sociedad, nombre y Rut del representante legal y documento que acredita su personería.

Documentos requeridos

Para productos extranjeros:

  • Declaración de Ingreso al país ante el Servicio Nacional de Aduanas.
  • Copia del certificado de aprobación extranjero, debidamente autenticada por el consulado en Chile del país donde se emitió dicho certificado.
  • Documento otorgado por una entidad de acreditación signataria del acuerdo multilateral de reconocimiento del Foro Internacional de Acreditación (IAF) que confirme que el organismo que emite el certificado indicado en el punto anterior, está acreditado en el alcance correspondiente.
  • Copia de la (s) norma (s) o especificación (es) técnica (s) extranjera (s) utilizada (s) para la certificación de los productos.
  • Manual de uso, mantenimiento e instalación, según corresponda, en idioma español.
  • En el caso de presentar sólo Certificado de Tipo, el solicitante deberá entregar los antecedentes que demuestren que cuenta con un control de calidad del proceso de fabricación, el cual debe ser efectuado por un organismo acreditado de certificación de sistemas de calidad.

Para productos nacionales

  • Normas o especificaciones técnicas utilizadas para la fabricación de los productos.
  • Manual de uso, mantenimiento e instalación, según corresponda.
  • Antecedentes que demuestren que cuenta con un control de calidad del proceso de fabricación, el cual debe ser efectuado por un organismo de certificación de sistemas de calidad acreditado.

¿Dónde se realiza?

En Alameda Bernardo O'Higgins Nº 1465, Local 10, comuna de Santiago. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Tiempo de realización

30 días aproximado.

Costo

Gratuito.

Resultado

Resolución Exenta que autoriza la comercialización de productos eléctricos, a gas o que utilizan combustibles líquidos.

Observaciones

Para más consultas sobre esta autorización, el solicitante puede enviar un correo electrónico a contactodau[arroba]sec.cl, indicando nombre, rut y el detalle de la consulta.

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