Programa Fondo Solidario de Vivienda II

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Última actualización: 25/03/2009

Descripción:

Permite comprar una vivienda (nueva o usada) en cualquier momento del año, a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS).

Para quién:

Personas y familias en situación de pobreza que quieren comprar una casa con subsidio estatal.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Es un aporte estatal que, junto un ahorro de la familia postulante y a un crédito optativo, permite comprar una vivienda nueva o usada, en zonas urbanas o rurales.

El inmueble debe contar con recepción municipal definitiva y una tasación que no supere las 650 UF (efectuada de acuerdo a la metodología que señala el reglamento, calculada en base al avalúo fiscal del terreno y a la superficie construida, multiplicada por los valores de construcción que define el Minvu). Esta tasación no necesariamente corresponde al valor comercial de la propiedad.

Se postula individualmente, con asesoría de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS).

Financiamiento:

  • El subsidio es distinto según la comuna donde se emplace la vivienda a comprar. El monto base varía entre las 280 UF y las 420 UF.
  • El o la postulante debe aportar un ahorro mínimo de 30 UF.
  • De ser necesario, la EGIS gestionará un mutuo o crédito complementario (hipotecario o sin garantía hipotecaria) con garantía estatal de hasta 500 UF.

Asistencia Técnica:

Para postular a un subsidio de este programa se debe contar con asesoría de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS), que haya firmado y tenga vigente un convenio marco con la Seremi de Vivienda de la región donde operará. El Serviu les paga honorarios de 15 UF por familia, para que las asesoren en la obtención de su vivienda; por ello las EGIS no pueden realizar cobros a los y las postulantes por sus gestiones, debiendo rendir cuenta documentada del uso de fondos que eventualmente puedan solicitar a las familias para realizar trámites muy específicos (para pagar certificados, notaría, Conservador de Bienes Raíces, entre otros documentos).

Dentro de sus labores las EGIS deben:

  • Organizar a los y las interesadas en postular y representarlos/as ante el Serviu.
  • Apoyar el trabajo de las familias, verificando que se cumplan los requisitos de postulación y ahorro.
  • Diseñar y ejecutar un Plan de Habilitación Social que abarca un conjunto de actividades para que la familia aprenda a vivir en comunidad y se integre a su red social. Las EGIS deben entregar un listado con las instituciones que prestan servicios a las familias, en el sector donde se encuentre la vivienda a comprar (colegios, centros de atención de salud, locomoción colectiva, lugares de pago de agua, luz y otros servicios, etc.).
  • Asesorar a las familias en la búsqueda de la vivienda.
  • Realizar un análisis de la adquisición y hacer una evaluación de la vivienda a adquirir.
  • Realizar el estudio de títulos, informar la tasación, redactar la promesa y el contrato de compraventa.
  • Realizar los trámites legales e inscripciones de la vivienda en el Conservador de Bienes Raíces.

Selección:

El otorgamiento del subsidio se realiza por orden de solicitud e ingreso de los antecedentes al Serviu respectivo, tarea que debe realizar la EGIS. No se debe esperar una fecha de postulación, ya que el proceso se realiza en línea, de forma ágil y rápida.

Plazos:

El certificado de subsidio para comprar la vivienda tiene una vigencia de 6 meses, contados desde la fecha de su emisión.

¿A quién está dirigido?

Este subsidio está dirigido a familias en situación de vulnerabilidad, dispuestas a realizar los trámites necesarios para comprar una vivienda.

Requisitos

  • Acreditar la condición de jefe de familia (casado/as, convivientes y soltero/as jefes/as de hogar) cónyuge o conviviente, a través de la Ficha de Protección Social.
  • Contar con un puntaje de carencia habitacional igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social.
  • Tener Cédula de Identidad chilena.
  • Acreditar haber depositado las 30 UF de ahorro mínimo que exige el programa, enterado hasta el día del ingreso del proyecto al Banco en algún tipo de cuenta a las que se refiere el reglamento (de ahorro a plazo para la vivienda; de ahorro de leasing habitacional; de ahorro con fines habitacionales de servicios de bienestar social en convenio con el Minvu; de aporte de capital y de depósitos de ahorro en cooperativa abierta de vivienda; de ahorro a plazo para la vivienda en una cooperativa de ahorro y crédito; otro tipo de cuentas de ahorro que contemplen la facultad de suspender el giro del ahorro en las condiciones que señala el reglamento).
  • No ser propietario/a de una vivienda (tampoco el cónyuge), salvo excepciones señaladas en el reglamento.
  • No tener certificado de subsidio habitacional vigente (postulante o cónyuge).
  • No estar postulando a otro programa habitacional, ni haber efectuado una reserva de subsidio leasing (postulante o cónyuge o algún miembro del grupo familiar acreditado).
  • Que no se encuentre postulando el o la interesada, su cónyuge, conviviente u otro miembro del núcleo familiar identificado en la Ficha de Protección Social, al mismo o a otro programa habitacional.
  • No haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del Serviu o de sus antecesores legales, de las municipalidades o de otros mecanismos (postulante ni cónyuge), salvo excepciones señaladas en el reglamento.
  • No pueden postular personas solas, excepto si tienen la calidad de indígena de acuerdo a la Ley N° 19523, si son discapacitadas (acreditadas en el Compin), mayores de 60 años, viudas, o están reconocidas como víctimas en el Informe sobre Prisión Política y Tortura (Informe Valech).

Documentos requeridos

La EGIS debe realizar la postulación del subsidio al Serviu y entre otros documentos, solicita al o la postulante:

  • Ficha de Protección Social
  • Documentación sobre el o la postulante y su grupo familiar.
  • Documentación sobre cargas familiares, si las tiene.
  • Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación emitida por la entidad captadora de ahorro (banco, cooperativa de ahorro y crédito, etc.) en que conste, a lo menos, el número de cuenta y el tipo de libreta o cuenta. Si no es del BancoEstado o del Banco del Desarrollo se debe presentar, además, certificación con información del ahorro al último día del mes anterior al de inicio del período de postulación, con información de los saldos semestrales y saldo de la cuenta en UF. Si es del BancoEstado o del Banco del Desarrollo se debe entregar mandato al Serviu para que éste directamente solicite la información.

¿Dónde se realiza?

El trámite es presencial. Se debe realizar en los Serviu regionales y provinciales y en las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS).

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Un subsidio habitacional para ser aplicado al precio de adquisición de una vivienda nueva o usada.

Observaciones

Este programa cuenta con los siguientes subsidios complementarios:

  • Subsidio diferenciado a la localización: Consiste en un aporte adicional que puede llegar a las 100 UF y que busca apoyar la compra de viviendas en barrios bien equipados e integrados a la ciudad. El monto de este subsidio se fija según una fórmula, que depende, entre otros factores, del avalúo fiscal del inmueble. Para obtenerlo, la vivienda debe contar con acceso a transporte público a una distancia posible de recorrer caminando no mayor a 500 metros; se debe ubicar a una distancia posible de recorrer caminando no mayor a 1000 metros de establecimientos de educación prebásica y básica con disponibilidad de matrículas y a no más de 2500 metros de un establecimiento de salud primaria. Además, debe estar dentro del límite urbano de una ciudad de 5000 o más habitantes, del área de concesión de una empresa sanitaria (agua potable y alcantarillado) y tener acceso directo a una vía pública (calle).
  • Subsidio por discapacidad: En caso que el o la postulante o uno o más integrantes del grupo familiar acredite estar afectado por una discapacidad mediante un certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de los Servicios de Salud (Compin), se sumarán 20 UF para construir en la vivienda obras que ayuden a superar dicha condición.
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