Recepción de declaración de importación y del pago de derechos aduaneros de mercancías internadas al país por viajeros
Institución:
Tesorería General de la RepúblicaÚltima actualización: 23/12/2010
Descripción:
Permite retirar las especies afectas al pago de impuestos aduaneros, que viajeros y viajeras ingresan al país.
Para quién:
Chilenos o extranjeros que cruzan las fronteras nacionales con mercadería y especies afectas al pago de derechos de internación.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
El pago de Derechos de Aduaneros que efectúan los viajeros y viajeras que ingresan al país vía terrestre, aérea o marítima , al cruzar por los lugares de inmigración y declarar importaciones menores en la Aduana, la cual le gira el impuesto correspondiente a través de un Formulario N° 17.
Para efectuar el pago se han dispuesto cajas habilitadas en las oficinas de inmigración o en su defecto en la cercanía existen oficinas de bancos y de otras Instituciones Recaudadoras Autorizadas (IRA), donde el contribuyente puede cancelar.
Con el documento pagado puede retirar las especies.
¿A quién está dirigido?
Chilenos o extranjeros que cruzan las fronteras nacionales con mercadería y especies afectas al pago de derechos de internación.
Requisitos
Presentar el formulario de pago emitidito por el Servicio de Aduanas (Formulario 17)
Documentos requeridos
Formulario de pago de derechos aduaneros.
¿Dónde se realiza?
En las cajas habilitadas o en las Instituciones Recaudadoras Autorizadas.
Tiempo de realización
Inmediato.
Costo
El trámite no tiene costo, sólo debe pagar los derechos e impuestos girados por la aduana.
Resultado
Una vez pagado los derechos e impuestos la persona puede retirar sus especies.

