Certificación de dispositivo de posicionamiento automático de naves pesqueras

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Descripción:

Acreditación que certifica que el equipo cumple con los requerimientos técnicos, de diseño y funcionamiento que establece el artículo 5° del, Reglamento de Sistema de Posicionamiento Automático de Naves Pesqueras y de Investigación Pesquera.

Para quién:

Empresas que desean prestar servicio de posicionamiento automático a naves pesqueras y de investigación pesquera.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Este procedimiento de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) consiste en certificar que el dispositivo de posicionamiento, incluidos sus accesorios, se ajustan a los requerimientos técnicos y de diseño establecidos en el Reglamento de Sistema de Posicionamiento Automático de Naves Pesqueras y de Investigación Pesquera, con respecto a su construcción, funcionamiento, mecanismos de alarma, memoria, alimentación, tiempo de respuesta y compatibilidad con las estaciones fiscalizadoras, entre otros aspectos.

¿A quién está dirigido?

A las empresas que desean prestar servicio de posicionamiento automático a las naves pesqueras, conforme lo dispone la Ley General de Pesca y Acuicultura, en su artículo 64 B.

Requisitos

Según señala la Resolución Ordinaria D.G.T.M. Y M.M. 12600/421:

  • La aprobación del dispositivo debe ser solicitada por el fabricante o la empresa a cargo del diseño o desarrollo, a través de un representante en Chile.
  • Este representante deberá acreditar su cargo mediante un poder otorgado por el fabricante que lo autorice para gestionar la aprobación del dispositivo ante la Autoridad Marítima chilena.

Documentos requeridos

  • Carta solicitando la certificación del dispositivo dirigida al Sr. Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
  • Un dispositivo completo, (transmisor, receptor, fuente de alimentación y antena) en condiciones de funcionar.
  • Manual de operación y manual de servicio del dispositivo con diagrama de sus circuitos en idioma español.
  • Copia del informe de pruebas (Test Report) o de control de calidad efectuado al dispositivo prototipo o del Certificado de Conformidad extendido por un laboratorio o entidad técnica a solicitud del fabricante.
  • Certificado de aprobación u homologación de la entidad, empresa u organización que transporta la señal desde el dispositivo a homologar hacia su destino, que indique claramente que el dispositivo es compatible y está reconocido por esa organización.
  • Informe técnico que describa el formato de transmisión del reporte básico del dispositivo y de cualquier otro mensaje utilizado en las comunicaciones con el dispositivo incluyendo los aspectos considerados en el Anexo "B" de la Resolución Ordinaria D.G.T.M. Y M.M. 12600/421.

¿Dónde se realiza?

En la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, Errázuriz 537 - Valparaíso.

Tiempo de realización

El tiempo que toma certificar un equipo es particular para cada caso, dependiendo de las características de éste.

Costo

  • Todos los gastos que se originen como consecuencia de las pruebas operacionales y estudios que se estimen pertinentes para comprobar que el dispositivo satisface las normas de construcción y funcionamiento, serán de cargo del solicitante.
  • El otorgamiento del certificado tiene un costo consignado en el Decreto Supremo (M) N° 427
  • Además, el interesado debe cancelar los servicios a la empresa Cunlogan S.A. por incorporar en el software MaPios el protocolo de su mensajería.

Resultado

Una vez aprobadas las fases de certificación sin observaciones, el usuario obtiene un certificado que acredita que el equipo cumple con los requerimientos técnicos y de diseño que establece en su artículo 5° el Decreto Supremo (MINECOM) N° 139 de 1988.

Observaciones

  • Para realizar consultas sobre esta certificación, comunicarse al correo electrónico jpesca[arroba]directemar.cl o al teléfono (32)-2208626
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