Autorización para extraer restos de naufragios

remoción, extracción , restos náufragos

Descripción:

Permite la remoción de restos y/o especies náufragas que se encuentren hundidos o varados en ríos y lagos navegables o aguas sometidas a la jurisdicción marítima nacional.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas (chilenas o extranjeras) con residencia definitiva en el país.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Autoriza la remoción de restos y/o especies náufragas que se encuentren hundidos o varados en ríos y lagos navegables o en las aguas sometidas a la jurisdicción marítima nacional, mediante un permiso entregado por la autoridad marítima respectiva, previo a la iniciación de los trabajos.

La autorización se otorga por un plazo máximo de un año, debiendo presentar periódicamente un informe de avance conforme al programa de trabajo. El incumplimiento de esta obligación es causal suficiente de caducidad del permiso.

¿A quién está dirigido?

Particulares, profesionales independientes, empresas y organismos públicos o privados que requieran este tipo de autorización y que, conforme a los artículos N°s. 132 y 135 de la Ley de Navegación, hayan adquirido el derecho para extraer, remover o reflotar una nave, aeronave o artefacto naval.

Requisitos

  • Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, con residencia definitiva en el país.
  • Requerimientos establecidos en los Artículos N°. 82, 86 y 87, de las normas relativas a Extracción de Restos y Especies Náufragas contenidas en el Capítulo XII del Decreto Supremo (M) N° 156, del 06 de Febrero de 1961.

Documentos requeridos

  • Carta solicitud dirigida a Directemar.
  • Boleta de garantía a nombre del Sr. Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Art. N° 137 de la Ley de Navegación), que garantice la remoción autorizada. Generalmente, es el doble del presupuesto que presenta el interesado para la extraccion de los restos naufragos solicitados.

¿Dónde se realiza?

En la Capitanía de Puerto jurisdiccional.

Tiempo de realización

45 días aproximadamente.

Costo

Se desprende de la oferta que propone el interesado por la extraccion de los restos naufragos, que se denomina Oferta de Regalia Global. El interesado debe cancelar a favor del Fisco en las oficinas de la Tesorería Provincial o Regional respectiva.

Resultado

Resolución de Directemar que autoriza la extracción solicitada.

Observaciones

remoción, extracción , restos náufragos

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