Alternativas de pago disponibles en la Tesorería General de la República

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Última actualización: 22/12/2010

Descripción:

Los Servicios de Tesorería cuentan con convenios y distintas formas de pago para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones.

Para quién:

Personas naturales y jurídicas.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Los Servicios de Tesorería cuentan con convenios y distintas formas de pago para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones.

En cuanto a los lugares de pago, mantiene convenios con Instituciones Recaudadoras Autorizadas (IRA), compuestas principalmente por bancos, donde los contribuyentes pueden realizar los pagos de cuotas vigentes.

Por otro lado, los medios de pago habilitados son: dinero efectivo, cheques, vale vista, tarjetas de crédito y debito, tarjetas de crédito de tiendas, cajeros Redbank, junto con las opciones de pago a través de internet.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas.

Requisitos

Para el pago en caja (presencial):

  • Disponer de un documento, comprobante, formulario, aviso recibo u otro que le permita al cajero recibir y registrar el pago que está recibiendo.

Pago por internet:

  • Disponer de un medio de pago electrónico (tarjeta o cuenta corriente), y clave web, excepto todo lo que concierne a contribuciones, donde sólo necesita el Rol y subrol de la propiedad.
  • Verificar si su institución financiera está en convenio con el Servicio de Tesorerías para realizar el pago con cargo a su cuenta corriente.

Documentos requeridos

Para pago por caja:

  • Comprobante, cupón o aviso- recibo.

¿Dónde se realiza?

Por internet:

  • En www.tesoreria.cl, opción "Pagos", se muestran las diferentes opciones según deuda del contribuyente. Puede cancelar a través de www.servipag.com y en www.sencillito.cl .
  • Si accede directamente desde los sitios www.servipag.com y www.sencillito.cl sólo podrá cancelar contribuciones.

Pago por caja:

  • Las cajas de Tesorería reciben el pago de toda clase de impuestos, créditos fiscales, multas, convenios de pago, con excepción de los formularios que corresponden a impuestos fiscalizados por el Servicio de Impuestos Internos (SII): declaraciones mensuales, Formularios 29 y 50, declaración anual del impuesto a la renta, formulario 22, giro y comprobante de impuestos fiscales formulario 21 y giros del SII (formulario 45) por diferencias detectadas en formularios 22, 29 y 50.
  • Los pagos por caja en los bancos reciben pagos hasta la fecha indicada en el comprobante en los horarios de atención definidos por estas empresas, portando cupón de pago o formulario, y reciben en efectivo, vale vista o cheque cuya cuenta corriente es del mismo banco receptor del pago.
  • Las agencias de Correos se aceptan sólo los pagos de Derechos de Internación vía Postal en dinero efectivo, formulario 18.

Tiempo de realización

Inmediato.

Costo

Según política de la Institución Recaudadora

Resultado

Permite cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias.

Observaciones

Mesa de ayuda telefónica: (02) 768 9800.Está disponible de lunes a viernes entre 8:30 y 20:00 horas.

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