Fondo solidario de vivienda

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Última actualización: 19/07/2010

Descripción:

Programa habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que entrega subsidios para comprar o construir viviendas, en sectores urbanos y rurales, a familias que viven en condiciones de vulnerabilidad social.

Para quién:

Familias que viven en condiciones de vulnerabilidad social de acuerdo al puntaje que entrega la Ficha de Protección Social.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Fondo Solidario de Vivienda (FSV) otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) entrega subsidios habitacionales para comprar o construir viviendas, en sectores urbanos y rurales, a familias que viven en condiciones de vulnerabilidad social, de acuerdo al puntaje de Carencia Habitacional de su Ficha de Protección Social.

El programa tiene tres capítulos, con distintas características:

Fondo Solidario de Vivienda I (Capítulo Primero): Entrega subsidios para construir o comprar una vivienda nueva o usada, sin crédito complementario, a familias cuyo puntaje de Carencia Habitacional en la Ficha de Protección Social alcanza hasta 8.500 puntos. En el caso de proyectos de construcción, el 30% de los integrantes del grupo postulante puede tener hasta 13.484 puntos.

Fondo Solidario de Vivienda II (Capítulo Segundo): Entrega subsidios para construir o comprar una vivienda nueva o usada, con crédito complementario opcional, a familias que presentan un puntaje de Carencia Habitacional en la Ficha de Protección Social de hasta 11.734 puntos.

Fondo Solidario de Vivienda III (Capítulo Tercero): Entrega subsidios para construir una vivienda en zonas rurales, en un terreno de propiedad del postulante y con crédito complementario opcional, a familias que presentan un puntaje de Carencia Habitacional en la Ficha de Protección Social de hasta 11.734 puntos.

Las viviendas a comprar o construir a través de este programa se financian con:

1. El ahorro mínimo exigido por el programa (10 UF en el FSV I y FSV III, y 30 UF en el FSV II).
2. El subsidio habitacional, que varía según el capítulo y la comuna del país donde se ubique el proyecto (entre 280 UF y 470 UF).
3. Subsidios adicionales, si corresponde, en el caso de proyectos de construcción:

  • Subsidio para Equipamiento: de hasta 5 UF para áreas verdes, sedes sociales, juegos infantiles, mobiliario urbano, etc.
  • Subsidio Fondo de Iniciativas: de hasta 7 UF, complementario al anterior (opcional, sólo si la familia ahorra 0,5 UF adicionales).
  • Subsidio Diferenciado a la Localización: de hasta 200 UF para FSV I y hasta 100 UF para FSV II, para adquirir o habilitar el terreno, cuando este se encuentre bien ubicado dentro de la ciudad.
  • Subsidio para Discapacitados: de hasta 20 UF, para obras que ayuden a superar las limitaciones de integrantes discapacitados del grupo familiar.
  • Subsidio de Saneamiento Sanitario: de hasta 70 UF, para financiar sistemas particulares de agua potable y/o alcantarillado en proyectos del FSV III.
  • Subsidio para Construcción en Altura: para construcción de departamentos que tengan a lo menos 55 m2.
  • Subsidio para Planta de Tratamiento de Aguas: de hasta 20 UF, para conjuntos de viviendas en zonas rurales que lo requieran.

4. Subsidios adicionales, si corresponde, en el caso de operaciones de compra de vivienda:

  • Subsidio Diferenciado a la Localización: de hasta 200 UF para FSV I y hasta 100 UF para FSV II, cuando la vivienda se encuentre bien ubicada dentro de la ciudad. Su monto se calcula de acuerdo a una fórmula en base al avalúo fiscal de la propiedad.
  • Subsidio para Discapacitados: de hasta 20 UF, para obras que ayuden a superar las limitaciones de integrantes discapacitados del grupo familiar.
  • Subsidio por superficie de la vivienda: para FSV I, cuando la vivienda tenga sobre 37,5 m2 de superficie consignada en la recepción municipal, se adicionarán 2 UF por cada 0,5 m2 adicional, hasta un tope de 50 UF.

5. Un crédito complementario opcional en el caso del FSV II y III y en proyectos de Construcción Colectiva en Zonas Rurales del FSV I, el que contará con garantía estatal si no sobrepasa las 500 UF.
6. Eventuales aportes adicionales de terceros, públicos o privados (de municipios, por ejemplo).

El precio máximo de las viviendas a comprar o construir con FSV I varía según las comunas y regiones del país, entre 750 y 950 UF. Para FSV II y III el precio máximo de las viviendas a comprar o construir es de 1.000 UF.

Tipos de subsidios

1. Subsidios para compra (Adquisición de Vivienda Construida)

El FSV I y el FSV II entregan un subsidio para comprar una vivienda nueva o usada (llamada existente) rural o urbana, que cuente con recepción municipal definitiva. La vivienda nueva es aquella que tiene una recepción municipal de menos de dos años de antigüedad, mientras que la recepción de la usada tiene más de dos años.

Las viviendas nuevas a comprar a través del FSV I deben contar al menos con dos dormitorios (uno para una cama de dos plazas y otro para dos camas de una plaza), una sala de estar-comedor-cocina, y un baño. Además, debe contemplar un proyecto de ampliación futura de un tercer dormitorio (con el correspondiente permiso de edificación), que en total permita alcanzar un mínimo construido de 55 m².

Las viviendas usadas del FSV I y las nuevas y usadas del FSV II, como mínimo, deben tener un dormitorio, una sala de estar-comedor-cocina y un baño con inodoro, lavamanos y ducha.

Una vez adjudicado el subsidio, se debe elegir la vivienda a adquirir verificando que cumpla los requisitos del programa, con asesoría del SERVIU o de una entidad autorizada contratada por éste.

No puede aplicarse el Fondo Solidario de Vivienda para compra de vivienda entre parientes, salvo en aquellos casos en que se adquieran derechos hereditarios, descontándose del monto de subsidio el porcentaje de la vivienda que corresponde en derechos al postulante.

2. Subsidios para construcción

El FSV I y el FSV II entregan un subsidio al que se postula en forma grupal, para uno de los siguientes tipos de proyecto:

  • Construcción en Nuevos Terrenos (CNT), para construir conjuntos de viviendas, en áreas urbanas o rurales.
  • Construcción en Sitio Propio (CSP), para construir una vivienda en el terreno propio del postulante o de su cónyuge.
  • Densificación Predial (DP), para construir en un terreno que se pueda subdividir o en el que se pueda constituir una copropiedad, para la construcción en él de otra vivienda.
  • Construcción Colectiva en Zonas Rurales (CCZR), para construir conjuntos habitacionales en nuevos terrenos, ubicados en zonas rurales, orientado a familias con Puntaje de Carencia Habitacional de hasta 11.734 puntos, con posibilidad de crédito complementario.
  • Alteración o Rehabilitación de Inmueble (ARI), para recuperar edificios generando mediante su remodelación, viviendas para los integrantes del proyecto.

El FSV III entrega un subsidio para construir en terreno propio en zonas rurales o en áreas urbanas de localidades de hasta 2.500 habitantes, sin formar grupos, postulando en forma individual.
La construcción debe contar con dos dormitorios (uno para una cama de dos plazas y otro para dos camas de una plaza), sala de estar-comedor-cocina y baño (lo que correspondería a una superficie de aproximadamente 37 m²). Además, debe contemplar un proyecto de ampliación futura de un tercer dormitorio (con el correspondiente permiso de edificación), que en total permita alcanzar un mínimo construido de 55 m².

3. Proyectos de Integración Social

Al Fondo Solidario de Vivienda, en su modalidad de construcción o compra de vivienda, pueden presentarse proyectos de conjuntos de vivienda que tengan un mínimo de 30% de personas de este programa, en sus Capítulos FSV I y/o II, los que serán calificados como Proyectos de Integración Social, si el resto de las viviendas son susceptibles de ser vendidas a través del Sistema de Subsidio Habitacional regulado por el D.S. N° 40, (V. y U.), de 2004.

Las personas que apliquen su Subsidio Habitacional del D.S. N° 40 en estos proyectos obtendrán un bono adicional de 100 UF.

En los Proyectos de Integración Social además, las personas del FSV II podrán obtener hasta 200 UF de Subsidio Diferenciado a la Localización, si corresponde.

Selección

La selección de las familias beneficiadas se efectúa por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados para los llamados a cada región, considerándose los siguientes factores de puntaje para proyectos de construcción:

  • Vulnerabilidad del grupo (presencia de familias monoparentales, adultos mayores, discapacitados, enfermos catastróficos, beneficiarios Valech y/o menores de 15 años).
  • Condición de vulnerabilidad, según Puntaje de Carencia Habitacional indicado en la Ficha de Protección Social.
  • Aportes adicionales, públicos o privados, para completar el financiamiento del proyecto.
  • Plan de Habilitación Social, considerando la coherencia, integralidad y metodología de las acciones a realizar en relación al diagnóstico efectuado al grupo de familias que integran el proyecto.
  • Calidad técnica del proyecto, evaluándose la funcionalidad y habitabilidad de la vivienda y el conjunto.

La selección de los postulantes para subsidios de compra contempla los siguientes factores de puntaje:

  • Grupo familiar, considerando el tipo (familia monoparental), cantidad y características de sus integrantes (si existen menores de 15 años, discapacitados y /o adultos mayores).
  • Condición de Vulnerabilidad, según el Puntaje de Carencia Habitacional indicado en la Ficha de Protección Social en relación al que exige el programa para postular.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo publica en su sitio Web los resultados de las postulaciones identificando a las personas que resultan seleccionadas, a quienes se les entrega un certificado de subsidio del Fondo Solidario de Vivienda que tiene una vigencia de 21 meses, luego de los cuales caduca.

¿A quién está dirigido?

Familias en situación de vulnerabilidad social, de acuerdo al puntaje de Carencia Habitacional de su Ficha de Protección Social, que requieran adquirir o construir una vivienda. Las condiciones en que habita la persona (hacinamiento, allegamiento, etc.) ajustan el puntaje de la Ficha de Protección Social entregando el de Carencia Habitacional, que es el puntaje definitivo para postular a un subsidio del Fondo Solidario de Vivienda.

Requisitos

Postulantes
Para postular a un subsidio del FSV I y FSV II, los requisitos generales son los siguientes:

  • Ser mayor de edad.
  • Ser jefe de familia (núcleo familiar), cónyuge o conviviente, acreditando esta condición en la Ficha de Protección Social o con una Declaración de Núcleo Familiar.
  • No ser propietario o asignatario de una vivienda o infraestructura sanitaria (postulante ni cónyuge), excepto si la vivienda se encuentra inhabitable y lo haya acreditado así la Dirección de Obras Municipales, y en algunos casos de divorcio o nulidad.
  • No haber sido beneficiado anteriormente con una vivienda o subsidio habitacional proporcionado por el Estado, municipalidades o cooperativas (postulante ni cónyuge), a menos que el interesado pertenezca al Informe Valech y hubiese perdido el dominio de su inmueble.
  • No contar con certificado de subsidio habitacional vigente, no estar postulando a otro programa habitacional o tener reserva de subsidio leasing (postulante ni cónyuge).
  • No pueden postular simultáneamente miembros del grupo familiar acreditado en la Ficha de Protección Social.
  • Las personas extranjeras deben contar con certificado de permanencia definitiva.
  • No pueden postular personas solas (familias unipersonales), excepto si desean construir en zonas rurales (en grupo a través del FSV I o individualmente a través del FSV III)o si son adultos mayores, viudos, discapacitados (acreditados/as en el COMPIN) indígenas y personas reconocidas como víctimas en el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (Valech). En todo caso, los postulantes unipersonales no pueden superar en conjunto el 30% de un grupo que postule a subsidios para construcción.

¿Dónde se realiza?

  • A los subsidios para comprar una vivienda del FSV I y FSV II, se postula en forma individual y directamente en el Serviu con los antecedentes familiares y sin intermediarios ni promesa de compraventa, en las fechas que determina el Ministerio de Vivienda y Urbanismo depositando el ahorro que requiere el programa hasta las 14 horas del día anterior a la postulación.
  • Para postular a un subsidio de construcción de cualquiera de los tres capítulos de este programa, los postulantes deben depositar el ahorro requerido hasta el día anterior al del ingreso del proyecto al Banco de Proyectos del Serviu, el cual se encuentra abierto todo el año.
  • La postulación a los subsidios de construcción de FSV I y FSV II se realiza en grupos con personalidad jurídica de a lo menos 10 familias y un máximo de 300 (excepto cuando se postula también al Subsidio Diferenciado a la Localización, donde el máximo es de 150 familias). En estos casos, el ingreso del proyecto es efectuado por una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) que cuente con convenio con la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la región correspondiente.
  • A los subsidios para construcción de vivienda en zonas rurales del FSV III se postula individualmente, pero el ingreso del proyecto al Banco del Serviu lo efectúa un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT) en convenio con la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la región correspondiente.
  • Las EGIS y los PSAT son pagadas por el Serviu para asesorar a los postulantes y beneficiarios de un subsidio habitacional, por lo cual no pueden efectuar cobros de honorarios a las familias. Sólo pueden solicitarles fondos para pagar documentos y trámites especificados en el convenio y de cuyo uso deberán rendirles cuenta detallada. Entre sus tareas, estas entidades deben elaborar el proyecto, presentarlo al Serviu, contratar las obras y entregar las escrituras a las familias.
  • El Serviu respectivo realiza labores de Inspección Técnica de Obras en proyectos de construcción, directamente o a través de entidades profesionales idóneas contratadas por éste.

Costo

Este trámite no tiene costo.

Resultado

Subsidio habitacional para comprar o construir una vivienda.

Observaciones

Al optar por un crédito complementario para completar el financiamiento de una vivienda con subsidio del FSV II o III, o de proyectos de Construcción Colectiva en Zonas Rurales del FSV I, es labor de la EGIS o del PSAT (según corresponda) gestionar su solicitud ante una entidad financiera.

Quienes tomen un crédito deberán contratar por toda su duración un seguro de desempleo o de incapacidad temporal. Debe cubrir los primeros 36 meses del crédito el pago de doce dividendos, y seis dividendos por el resto del plazo del crédito en caso de siniestro (cesantía o incapacidad temporal). La prima (pago) correspondiente a los primeros 36 meses, será subsidiada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Es recomendable que el dividendo no supere el 25% de los ingresos de la familia, ya que éste se paga mensualmente.

Para mayor información visite el sitio Web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o los siguientes sitios regionales:

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