Programa de estudios de riego y drenaje

riego, drenaje, incentivos económicos, usuarios, pequeños, productores, agrícolas, campesinos, beneficiarios, indap,
Última actualización: 29/07/2011

Descripción:

Entrega apoyo económico -hasta por el 90% del costo del estudio- para financiar la formulación de proyectos que postulan a la bonificación contemplada en la Ley 18.450, con el fin de incorporar nueva superficie de riego, ampliando o rehabilitando los sistemas de riego que actualmente funcionan en forma deficitaria.

Para quién:

Beneficiarios y beneficiarias actuales o potenciales de Indap, y organizaciones de usuarios de aguas conformadas mayoritariamente por éstos.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Es un programa del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap) que entrega incentivos económicos a pequeños productores y productoras agrícolas que necesiten contratar el servicio de formulación de proyectos que incorporen obras de riego o drenaje extraprediales o intraprediales, tanto individuales como asociativas, con el fin de postularlos a la bonificación contemplada en la Ley Nº 18.450, de Fomento al Riego y Drenaje.

Los proyectos pueden estar destinados a:

  • Mejoramiento, rehabilitación o ampliación de obras.
  • Tecnificación de riego.
  • Construcción de obras de drenaje.
  • Contribuir a la prevención y mitigación de contaminación de aguas.
  • Tecnificación de aplicación de aguas de riego en el marco de la agricultura sustentable (producción limpia, agricultura orgánica, agricultura integrada o agricultura que incorpore Buenas Prácticas Agrícolas, BPA).

Las solicitudes declaradas admisibles por la Agencia de Área correspondiente son remitidas a la Dirección Regional para una evaluación por parte del comité técnico regional, sobre la base de dos aspectos:

  • Visita técnica en terreno: Un profesional especialista en riego visita la zona del proyecto, con el fin de recopilar antecedentes que permitan determinar la viabilidad técnica y la conveniencia de realizar la obras propuestas y su coherencia con el entorno. Con estos antecedentes, el comité técnico regional emite un informe que indica si es o no recomendable proseguir con la elaboración del estudio.
  • Coherencia del proyecto con el entorno: de acuerdo a la información aportada por los usuarios(as), el comité técnico regional realiza una priorización de los proyectos aprobados técnicamente, según los siguientes criterios y ponderaciones:
  1. Coherencia con las definiciones estratégicas regionales y territoriales de desarrollo (40%).
  2. Complementariedad con otros programas o servicios de Indap (15%).
  3. Carácter asociativo de la postulación (15%).
  4. Otros definidos por la Dirección Regional de Indap correspondiente (30%).

¿A quién está dirigido?

Beneficiarios y beneficiarias, actuales o potenciales de Indap, constituidos en los siguientes tipos de clientes:

  • Productores de multiactividad
  • Usuarios individuales.
  • Empresas asociativas.
  • Organizaciones y grupos de usuarios de aguas.
  • Comunidades de aguas no organizadas.
  • Comunidades agrícolas de la IV Región.

Requisitos

  • Solicitar formalmente los incentivos.
  • Explotar una superficie no superior a las 12 hectáreas de riego básico (HRB).
  • Poseer activos (conjunto de bienes que posee el o la agricultora), no superiores a 3.500 UF (Unidades de Fomento)
  • Ingresos provenientes principalmente de la explotación agrícola.
  • Trabajar directamente la tierra.
  • Presentar una demanda de incentivo coherente con el enfoque del Servicio, en la agencia de Área, Dirección Regional o Dirección Nacional de Indap, según corresponda.
  • No estar recibiendo simultáneamente otro incentivo regulado por el Reglamento General de Entrega de Incentivos Económicos de Fomento, para cofinanciar un mismo apoyo con el mismo objetivo.
  • No tener deudas morosas con Indap, tanto adquiridas en forma directa o en calidad de aval o codeudor solidario. Se precisa en que el aval o codeudor solidario queda impedido de acceder a los recursos, tanto crediticios como de incentivos desde la misma fecha en que el o la deudora principal no paga la deuda.
  • Contar con derechos de aprovechamiento de aguas inscritos en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente. En el caso de pozos, la obra debe estar ubicada en una zona donde no exista restricción o prohibición de explotación de aguas subterráneas.
  • Financiar el saldo del costo total del proyecto que no sea cubierto por los incentivos económicos entregados por Indap, con recursos propios o créditos entregados por Indap o terceros.
  • Para la reparación de obras de riego, las comunidades de aguas deben estar integradas por al menos el 66% de usuarios que cumplan los requisitos para ser beneficiarios de Indap.
  • En el caso de organizaciones de usuarios y comunidades de aguas cuyos proyectos generen nuevas disponibilidades de agua, un 75% de los derechos de aguas debe pertenecer a usuarios actuales o potenciales de Indap.

Documentos requeridos

  • Solicitud de estudio de pre-inversión.
  • Carta compromiso en la que el (la) postulante declara que cumple con los requisitos para ser beneficiario de Indap, que todos los antecedentes que acompañan la postulación son veraces, que facilitará todos los procesos de fiscalización y evaluación de los incentivos recibidos y que cofinanciará los apoyos requeridos, de acuerdo a las especificaciones del Título III, Artículo 11, letra d, del Reglamento General de Entrega de Incentivos Económicos de Fomento.
  • Solicitud de Estudio que contenga la siguiente información:
  1. Identificación de los beneficiarios del proyecto.
  2. Disponibilidad de aguas para el proyecto.
  3. Tipo de tenencia de tierra y superficie de explotación.
  4. Antecedentes del proyecto que permitan esbozar un perfil de proyecto técnico: riego o drenaje, obras civiles o tecnificación, intra o extra predial, etc.
  5. Identificación del o la proveedora.
  6. Cotización del estudio debidamente firmada por el proveedor.
  7. Otras variables definidas por las Direcciones Regionales de Indap.
  • Las organizaciones de usuarios, incluidas las comunidades no organizadas, deben acreditar que han iniciado los procedimientos establecidos en el Código de Aguas o presentar una copia del acta de la primera asamblea de comuneros reducida a escritura pública (según formato CNR) por las obras e inversiones que ejecuten en los sistemas de riego o drenaje en su jurisdicción.
  • Las organizaciones de usuarios de aguas no organizadas que son beneficiarias de una obra común, deberán adjuntar la copia de la escritura pública de constitución ingresada a la Dirección General de Aguas.
  • Además, las organizaciones de usuarios de aguas, empresas individuales y empresas asociativas deberán presentar un certificado que acredite que se encuentran inscritas en el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos de, de acuerdo a lo establecido en la Ley N 19.862.
  • Estas entidades deberán presentar además copia del mandato de representación vigente (según corresponda).
  • Las comunidades de aguas no organizadas y los grupos de usuarios de aguas deberán entregar una lista con el nombre y rut de cada uno de sus integrantes y un poder simple, firmado, que indique quiénes son sus respectivos representantes. En el caso de las comunidades de aguas no organizadas, esto podrá ser acreditado a través de una copia de la reducción a escritura pública de la constitución de la comunidad.

¿Dónde se realiza?

La postulación se realiza en las Agencias de Área de Indap a lo largo de todo el país.

Tiempo de realización

No informa.

Costo

Gratuito.

Resultado

  • El Programa financia hasta un 90% del costo del estudio del proyecto postulado a la bonificación.
  • El costo del estudio es proporcional al monto de las inversiones en obras, con un porcentaje tope equivalente al 10% del costo total del proyecto.

Observaciones

  • El programa está diseñado para que los clientes contraten directamente los servicios de elaboración de los proyectos. Para ello dispondrán de un listado de consultores inscritos en el Registro de Proveedores de Indap.
  • Indap comunicará por medio de sus Agencias de Area a los usuarios beneficiados el incentivo y la forma de pago quedará establecida en el contrato de prestación de servicios entre el consultor y los usuarios.
  • Los usuarios que se consideren perjudicados en el proceso podrán solicitar la reconsideración de su solicitud, dentro de un plazo de cinco días hábiles contados desde la publicación de los resultados.
  • El incentivo es entregado una vez que se acredite que el proyecto fue seleccionado por la Comisión Nacional de Riego (CNR). En caso de que fuere rechazado por causas atribuibles a una mala formulación del proyecto por parte del consultor, Indap podrá solicitar la devolución de los aportes entregados.
riego, drenaje, incentivos económicos, usuarios, pequeños, productores, agrícolas, campesinos, beneficiarios, indap,

subir