Recepción de reclamos, consultas o sugerencias sobre organismos y servicios del Estado
Última actualización: 30/03/2010
Descripción:
Ingreso de un reclamo, consulta o sugerencia presentado por quien ha reclamado ante un organismo o servicio público, y no ha encontrado respuesta satisfactoria en dicha entidad.
Para quién:
Personas naturales o jurídicas
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Costo
- Resultado
- Observaciones
¿En qué consiste?
En el ingreso de un reclamo, consulta o sugerencia respecto del actuar de un organismo o servicio público. Así la Comisión toma conocimiento del hecho, acusa recibo y evalua su procedencia.
¿A quién está dirigido?
A quienes han presentado reclamos en contra de organismos o servicios públicos, agotando la instancia respectiva, sin obtener respuesta o solución satisfactoria.
Requisitos
Haber agotado las gestiones ante el organismo o servicio respectivo y si no hay respuesta, o ésta es insatisfactoria para las pretenciones del usuario.
Documentos requeridos
Para el ingreso del caso, ninguno.
¿Dónde se realiza?
- Personalmente en la oficinas ubicadas enTeatinos 251, Oficina 301, Santiago
- Por teléfono: 6945804
- Por fax: 6945805
- Por correo electrónico: prodefensor@comisiondefensoraciudadana.cl
- Sitio web: www.comisiondefensoraciudadana.cl
Costo
No tiene costo.
Resultado
Velar por la defensa y promoción de los derechos e intereses de las personas ante acciones u omisiones de los órganos de la Administración del Estado, en lo relativo a la satisfacción de las necesidades públicas.
Observaciones
- No corresponde a la Comisión conocer aquellos reclamos sobre controversias o hechos que sean de exclusiva competencia judicial o que estén sometidos a los tribunales de justicia.
- Tampoco sobre asuntos encomendados al conocimiento y decisión de los entes de administración autónoma, como la Contraloría General de la República, Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado y Municipalidades.
- Tampoco a asuntos relativos a conflictos entre particulares. Ni los que incidan en cuestiones de las que corresponda ocuparse al Consejo de Auditoría Interna de Gobierno.

