Aprobación de pólizas de seguros de accidentes para aeronaves comerciales

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Última actualización: 24/04/2009

Descripción:

Aprobación y certificación de los seguros que cubren el daño a terceros a la superficie y a los pasajeros de las aeronaves comerciales para que puedan efectuar sus operaciones

Para quién:

Aeronaves civiles de uso comercial

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Es la aprobación y certificación por parte de la Junta Aeronaútica Civil de Chile de los seguros que cubren el daño a terceros a la superficie y a los pasajeros de las aeronaves comerciales para que puedan efectuar sus operaciones. Esto es requisto para que las torres de control de los aeropuertos de Chile permiten volar a aeronaves comerciales con los respectivos seguros aprobados por la JAC.

Las aeronaves civiles de uso comercial sólo podrán prestar servicios de transporte aéreo y de trabajos aéreos, una vez aprobados sus seguros por la Junta de Aeronáutica Civil.

Las aeronaves civiles de uso no comercial o privado, actualmente están exentas de la obligación de acreditar la contratación de seguros ante la autoridad aeronáutica.

¿A quién está dirigido?

A las aeronaves civiles de uso comercial, que prestan servicios de transporte aéreo y de trabajos aéreos.

Requisitos

  1. Ser aeronaves civiles de uso comercial.
  2. Contar con póliza de seguro de aviación tanto para pasajeros como a terceros.
  3. Montos mínimos para los seguros de aviación:
    • Por daños a pasajeros : Dos mil (2.000) Unidades de Fomento (U.F.) por pasajero.
    • Por daños a terceros : Dos y media (2.50) Unidades de Fomento (U.F.) por cada kilogramo de peso de la aeronave.

Documentos requeridos

Para acreditar la contratación de los seguros de aviación deberá acompañarse la póliza original o una copia de la misma, debidamente autorizada por la Compañía de Seguros. Los certificados de seguro y de reaseguro son admisibles en original o copia autorizada, si cuentan con la información suficiente.

¿Dónde se realiza?

En calle Moneda 1020 - piso 4°, comuna y ciudad de Santiago.

Tiempo de realización

No hay plazo legal para este trámite, una vez cumplidas las exigencias de seguro se debe aprobar automáticamente. Validez, hasta que no cambien las condiciones de la póliza contratada.

Costo

El. trámite no tiene costo

Resultado

Solicitud de Aprobación de Pólizas de seguros de accidentes a las aeronaves comerciales

Observaciones

  • Marco legal: SEGUROS AEREOS R E S O L U C I O N E X E N T A Nº 2469, SANTIAGO,16 MAYO 2000.
  • Las empresas aéreas deberán renovar sus seguros antes del vencimiento correspondiente. En caso contrario, se suspenderá la operación de toda aeronave comercial que quede sin la cobertura exigida.
  • Déjase sin efecto el Oficio Circular Nº 270, de 20 de Junio de 1985, sobre Seguros Aéreos, a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución. Se define el peso de la aeronave como el peso máximo autorizado para su despegue, certificado por la autoridad aeronáutica.
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