Aprobación reforma de estatutos corporaciones y fundaciones sin fines de lucro
Institución:
Ministerio de JusticiaÚltima actualización: 16/06/2010
Descripción:
Se ratifica a través de un decreto, siempre que el procedimiento de modificación de estatus cumpla con los requisitos legales.
Para quién:
Corporaciones o fundaciones sin fines de lucro.
Ficha Completa
- ¿En qué consiste?
- ¿A quién está dirigido?
- Requisitos
- Documentos requeridos
- ¿Dónde se realiza?
- Tiempo de realización
- Costo
- Resultado
¿En qué consiste?
El Ministerio de Justicia, a solicitud de los interesados, aprueba las modificaciones que fundaciones y corporaciones sin fines de lucro realicen a sus estatutos, siempre que éstas no alteren sustancialmente su objetivo.
¿A quién está dirigido?
Corporaciones o fundaciones sin fines de lucro que cuenten con personalidad jurídica y hayan acordado, mediante una asamblea extraordinaria, la modificación de sus estatutos.
Requisitos
Para que una corporación o fundación sin fines de lucro pueda reformar sus estatutos, debe cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con personalidad jurídica.
- Realizar una asamblea general extraordinaria de socios, en la cual los dos tercios de los socios con derecho a voto aprueben la reforma.
- La asamblea debe contar con la participación de un notario público o ministro de fe, que ratifique el cumplimiento de las formalidades y requisitos establecidos en los estatutos para reformarlos.
- Reducir a escritura pública el acta de esa asamblea, designando a un abogado patrocinante, con facultad para subsanar reparos.
- El abogado patrocinante debe dirigir una carta de solicitud de aprobación de reforma de estatutos a S.E Presidente de la República, por intermedio del Ministerio de Justicia o de la respectiva Secretaría Regional Ministerial.
Documentos requeridos
- Escritura pública en la que conste el acta de la asamblea general extraordinaria de socios que aprobó la reforma de estatutos.
- Solicitud de reforma de los estatutos de la corporación o fundación sin fines de lucro, a través de un escrito dirigido a S.E. el Presidente de la República, por intermedio del Ministerio de Justicia o de la respectiva.
- Copia fidedigna de los estatutos vigentes.
¿Dónde se realiza?
- En la Región Metropolitana: Morandé Nº 107, comuna de Santiago.
- Regiones: En dependencias de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Justicia.
- El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
Tiempo de realización
Depende de cada caso, por cuanto la reforma de los estatutos de una corporación o fundación sin fines de lucro está sujeta a un estudio particular.
Costo
La tramitación es gratuita.
Resultado
Decreto que aprueba la reforma de estatutos de corporaciones y fundaciones sin fines de lucro.

