Aprobación reforma de estatutos corporaciones y fundaciones sin fines de lucro

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Última actualización: 16/06/2010

Descripción:

Se ratifica a través de un decreto, siempre que el procedimiento de modificación de estatus cumpla con los requisitos legales.

Para quién:

Corporaciones o fundaciones sin fines de lucro.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Ministerio de Justicia, a solicitud de los interesados, aprueba las modificaciones que fundaciones y corporaciones sin fines de lucro realicen a sus estatutos, siempre que éstas no alteren sustancialmente su objetivo.

¿A quién está dirigido?

Corporaciones o fundaciones sin fines de lucro que cuenten con personalidad jurídica y hayan acordado, mediante una asamblea extraordinaria, la modificación de sus estatutos.

Requisitos

Para que una corporación o fundación sin fines de lucro pueda reformar sus estatutos, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Contar con personalidad jurídica.
  • Realizar una asamblea general extraordinaria de socios, en la cual los dos tercios de los socios con derecho a voto aprueben la reforma.
  • La asamblea debe contar con la participación de un notario público o ministro de fe, que ratifique el cumplimiento de las formalidades y requisitos establecidos en los estatutos para reformarlos.
  • Reducir a escritura pública el acta de esa asamblea, designando a un abogado patrocinante, con facultad para subsanar reparos.
  • El abogado patrocinante debe dirigir una carta de solicitud de aprobación de reforma de estatutos a S.E Presidente de la República, por intermedio del Ministerio de Justicia o de la respectiva Secretaría Regional Ministerial.

Documentos requeridos

  • Escritura pública en la que conste el acta de la asamblea general extraordinaria de socios que aprobó la reforma de estatutos.
  • Solicitud de reforma de los estatutos de la corporación o fundación sin fines de lucro, a través de un escrito dirigido a S.E. el Presidente de la República, por intermedio del Ministerio de Justicia o de la respectiva.
  • Copia fidedigna de los estatutos vigentes.

¿Dónde se realiza?

  • En la Región Metropolitana: Morandé Nº 107, comuna de Santiago.
  • Regiones: En dependencias de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Justicia.
  • El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.

Tiempo de realización

Depende de cada caso, por cuanto la reforma de los estatutos de una corporación o fundación sin fines de lucro está sujeta a un estudio particular.

Costo

La tramitación es gratuita.

Resultado

Decreto que aprueba la reforma de estatutos de corporaciones y fundaciones sin fines de lucro.

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