Subsidio Leasing Habitacional

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Última actualización: 15/01/2009

Descripción:

Aporte estatal que permite acceder a una vivienda económica, acogida al D.F.L.2 y de hasta 140 m2 construidos, terminada (nueva o usada) y con recepción municipal.

Para quién:

Personas que pueden pagar un arriendo, pero que no tienen capacidad de generar ahorro suficiente como para postular a otras modalidades de subsidio habitacional.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

Aporte estatal que permite acceder a una vivienda económica, acogida al D.F.L.2 y de hasta 140 m2 construidos, terminada (nueva o usada) y con recepción municipal. Para contar con este subsidio el o la interesada debe suscribir un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa con una empresa inmobiliaria regida por el Título II de la Ley 19.281.

El monto del subsidio varía entre las 100 y las 205 UF, dependiendo del precio de la vivienda y la comuna donde se emplace.

No se debe esperar una fecha de postulación. El otorgamiento del subsidio se realiza por orden de ingreso de los antecedentes al Serviu respectivo y tramitación de la reserva del subsidio por parte de la sociedad inmobiliaria.

Se puede solicitar el subsidio en forma directa e individual, a través de la sociedad inmobiliaria regida por el Título II de la Ley 19.281, inscribiéndose previamente en el Registro Único de Inscritos (RUI) del Minvu/Serviu.

La vivienda se financia con el subsidio y un aporte mensual del beneficiario/a, que considera la renta de arrendamiento y el monto destinado al pago de la vivienda.

¿A quién está dirigido?

Familias de sectores medios con capacidad de pagar una renta de arrendamiento pero no de ahorrar, y que están dispuestas a hacer un aporte mensual para pagar su vivienda.

Requisitos

Para las viviendas:

  • El valor comercial del inmueble no puede superar las 1000 UF.
  • Si se ubica en Zonas de Renovación Urbana , de Desarrollo Prioritario de Conservación Histórica (o se trata de una vivienda catalogada como de Conservación Histórica), dicho valor puede llegar a las 2000 UF.
  • En casos de copropiedad, el precio de la vivienda podrá incluir el estacionamiento y/o bodega.

Para los postulantes:

  • Tener un mínimo de 18 años de edad.
  • Tener Cédula Identidad chilena.
  • No ser propietario/a de una vivienda (tampoco el cónyuge), salvo excepciones señaladas en el reglamento.
  • No tener certificado de subsidio habitacional vigente (postulante o cónyuge).
  • No haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del Serviu o de sus antecesores legales, de las municipalidades o de otros mecanismos (postulante ni cónyuge), salvo excepciones señaladas en el reglamento.
  • Estar inscrito/a en el Registro Único de Inscritos (RUI) del Minvu/Serviu.
  • Tener una libreta de ahorro de leasing habitacional.
  • Aunque el programa no solicita ahorro previo, algunas sociedades inmobiliarias requieren un aporte contado.

Documentos requeridos

Para inscribirse en el Registro Único de Inscritos (RUI):

  • Fotocopia de la Cédula de Identidad (si la inscripción es en línea).
  • Documentación sobre el o la postulante y su grupo familiar.
  • Documentación sobre cargas familiares, si las tiene.
  • Fotocopia de la libreta de ahorro leasing (en la cual se depositará el ahorro destinado a pagar la renta y a acumular fondos para financiar la compraventa de la vivienda arrendada).

Para efectuar la reserva del subsidio

  • Certificado de la Sociedad Inmobiliaria que acredite que la operación está conforme y que sólo falta suscribir el contrato de arrendamiento con promesa de compraventa.
  • Contrato de arrendamiento con promesa de compraventa suscrito.
  • Constancia de ingreso al Conservador de Bienes Raíces del contrato de arrendamiento con promesa de compraventa.
  • Contrato de arrendamiento con promesa de compraventa inscrito en el Conservador de Bienes Raíces (reserva/asignación).

¿Dónde se realiza?

El trámite es presencial. Se debe realizar en los Serviu regionales y provinciales , y en las inmobiliarias de elección del o la usuaria.

Tiempo de realización

El Serviu adjudicará el beneficio luego de recibir de la sociedad inmobiliaria una copia autorizada de la escritura pública, donde conste el contrato con su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. El subsidio se otorgará dentro de un plazo de 30 días, siempre y cuando no haya reparos a la operación.

Costo

El trámite no tiene costo.

Resultado

Subsidio leasing habitacional para ser aplicado al precio de adquisición de una vivienda económica, a través de un contrato de promesa de compraventa.

Observaciones

  • Durante un proceso de selección, quienes se sientan perjudicados/as tienen derecho a presentar por escrito ante el Serviu los reclamos que estimen pertinentes, dentro de los 10 días corridos luego de publicada la nómina de selección en el Diario Oficial.
  • Las Zonas de Renovación Urbana y de Desarrollo Prioritario se determinan mediante resoluciones del Ministerio de Vivienda (Minvu). Buscan fomentar la recuperación de barrios antiguos e impulsar el desarrollo inmobiliario para sectores medios, con inversiones privadas y de mejor calidad.
  • Las Zonas de Conservación Histórica están definidas en el respectivo Instrumento de Planificación Territorial y corresponden a barrios antiguos dentro de las ciudades, generalmente céntricos y con valor patrimonial.
  • Tanto las Zonas de Renovación Urbana y de Desarrollo Prioritario, como las Zonas y los inmuebles catalogados como de Conservación Histórica se pueden conocer en la Seremi de Vivienda de la región donde se desea postular.
  • El programa cuenta con el subsidio complementario la Originación. Se aplica en operaciones en que el precio de la vivienda no exceda de 700 UF, en las regiones de Aysén, Magallanes y provincia de Palena; de 800 UF en las comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández; o de 600 UF en el resto del país. Se paga a las entidades crediticias que han suscrito convenio con el Minvu para otorgar créditos hipotecarios a beneficiarios/as del Subsidio General, con el objeto de solventar costos que produzcan dichas operaciones. Se aplica en créditos con letras hipotecarias, mutuos hipotecarios endosables o créditos con garantía hipotecaria no endosable.
  • El programa cuenta con un Seguro de Remate, que se aplica a operaciones en que el precio de la vivienda sea de hasta 1200 UF si se emplazan en las regiones de Aysén, Magallanes y en las provincias de Palena y Chiloé, o en las comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández; o de 1000 UF en el resto del país, en que se ha otorgado un crédito de hasta 860 UF (crédito con letras hipotecarias, mutuos hipotecarios endosables o créditos con garantía hipotecaria no endosable). Consiste en que en caso de realizarse un remate judicial cuyo producto no alcance a cubrir el saldo insoluto de la deuda, el Serviu enterará al acreedor hipotecario hasta el 75% de ese saldo, con sus intereses y comisiones devengadas hasta el día de su pago efectivo, incluyendo las costas del juicio, con un límite máximo de 120 UF.
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