Visa de residencia sujeta a contrato

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Última actualización: 14/04/2010

Descripción:

Permite a la persona extranjera cumplir con el contrato de trabajo suscrito con un empleador domiciliado en Chile.

Para quién:

Extranjeros que viajan al país por razones laborales; cónyuge, padres e hijos que vivan a expensas del titular de la visa.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Este permiso habilita a su titular para realizar actividades remuneradas, exclusivamente con el empleador con el cual suscribió el contrato de trabajo que dio origen a su Permiso de Residencia.

El procedimiento a seguir depende de la situación en que se encuentre el solicitante:

  • Solicitud de Visa Sujeta a Contrato por primera vez: Habilita a su titular a realizar actividades remuneradas, exclusivamente con el empleador con el cual suscribió el contrato. Puede ser otorgado por un plazo máximo de hasta dos años y ser prorrogado por periodos iguales.
  • Prórroga de Visa Sujeta a Contrato: Puede ser solicitada por todos los ciudadanos extranjeros que, teniendo una visa Sujeta a Contrato, continúan trabajando con el mismo empleador. Debe solicitarla dentro de los 90 días antes del vencimiento de la visa de la que es titular
  • Visa Sujeta a Contrato por Cambio de Empleador: Cuando una persona ha presentado solicitud de residencia sujeta a contrato, puede ocurrir que antes de que ésta se encuentre completamente tramitada, cambie de empleador. En ese caso, puede solicitar que se rectifique la petición para que -de ser aprobada- se indique que ello se hizo en consideración del último contrato y no en función del que dio origen a la solicitud.
  • Ratificación de Visa Sujeta a Contrato por cambio de Empleador (sin haber estampado Visa original): Si durante la tramitación de su visa ha cambiado de empleador, debe solicitar una ratificación por cambio de empleador. Esto rige exclusivamente para personas domiciliadas en la región Metropolitana.
  • Requisitos previsionales de Visa Sujeta a Contrato para profesionales y técnicos extranjeros: Los técnicos o profesionales extranjeros que deseen mantener el régimen previsional de su país de origen y que cumplan con los requisitos exigidos, deberán expresarlo en su contrato de trabajo.

¿A quién está dirigido?

Ciudadanos extranjeros que residen en Chile.

¿Dónde se realiza?

  • En Santiago en el Departamento de Extranjería y Migración, San Antonio 580, Segundo y Tercer Piso. El horario de atención es de 08:30 a 14:00 horas.
  • En regiones en las respectivas Gobernaciones Provinciales. El listado con las direcciones y teléfonos está disponible en el sitio web del Ministerio del Interior.

Tiempo de realización

Aproximadamente 3 meses.

Costo

Depende de la nacionalidad. Los aranceles están disponibles en el sitio web del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior.

Resultado

Otorgamiento o rechazo del permiso de residencia.

Observaciones

  • Puede consultar un listado de preguntas frecuentes relacionadas con los distintos tipo de permisos que entrega el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior.
  • Consultas telefónicas en el 600 626 4222, entre las 09:00 y las 16:00 horas.
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