Aprobación de programas de estudios en materia de electricidad

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Última actualización: 09/09/2010

Descripción:

Resolución emitida por la SEC que acredita que el establecimiento educacional cumple con las exigencias reglamentarias en materia de electricidad para que sus egresados puedan solicitar una licencia a de instalador del tipo en que fue aprobado.

Para quién:

Establecimientos educacionales que imparten carreras del área de electricidad para la revisión de sus programas de estudio, tales como universidades, institutos y escuelas técnicas.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Las instituciones de educación que imparten carreras del área de la electricidad que deseen que sus egresados puedan solicitar una Licencia de Instalador, deben presentar una solicitud de revisión de sus Programas de Estudio ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

La SEC recepciona y evalúa dichos programas, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Supremo 92 de 1983, "Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos".

Si el establecimiento cumple dichos requisitos, la SEC verifica su infraestructura, las características de los equipos a utilizar en los laboratorios, la evaluación de la calidad pedagógica, incluyendo las horas de práctica profesional, educación tecnológica o cursos de regularización y; además, las actividades extraprogramáticas y su relación con las empresas, industrias, etc.

En caso de cumplimiento, la SEC emite una Resolución Exenta que aprueba dicho programa. Esto permite a sus egresados solicitar ante la SEC una licencia de instalador en la clase en que se aprobó dicho programa.

Requisitos

  • La institución y/o colegio debe impartir una carrera reconocida por el Ministerio de Educación.
  • Cumplir los requisitos señalados en el Decreto Supremo N°92 de 1983, de Economía y sus modificaciones.
  • La Resolución Exenta debe ser publicada en el Diario Oficial por cuenta del interesado.

Documentos requeridos

  • Formulario de Solicitud de aprobación programas de estudios en materia de electricidad.
  • Planes y programas de estudio, debidamente legalizados, en los cuales se detallen los contenidos de las unidades programáticas de las asignaturas que contempla la carrera.
  • Copia autorizada del Decreto Exento en la cual el Ministerio de Educación aprueba el programa de estudio de la carrera en cuestión.
  • Listado y antecedentes de los docentes que imparten las materias contenidas en programa.
  • Informe con las características de la infraestructura, además de material de apoyo que garantice en forma práctica que el programa se pueda cumplir.

¿Dónde se realiza?

  • En Santiago, las solicitudes se entregan Alameda 1465, piso 1 (oficina DAU).
  • En regiones, las solicitudes se presentan en las oficinas de las Direcciones Regionales de SEC, para que sean remitidas a la oficina central de SEC.
  • El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Tiempo de realización

Los señalados en la Ley 19.880.

Costo

Gratuito.

Resultado

Resolución Exenta de aprobación de programas de estudios en materia de electricidad para la Clase que corresponda.

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