Iniciación de actividades para personas naturales

Inicio, Iniciar, Actividades, Inicio de actividades, Solicitud de Rol unico Tributario
Última actualización: 16/11/2009

Descripción:

Declaración jurada formalizada ante el SII que autoriza a las personas naturales a realizar y/o iniciar operaciones económicas o comerciales susceptibles de producir rentas gravadas en la primera o segunda categoría de la Ley de la Renta.

Para quién:

Personas naturales que inician actividades económicas comerciales.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

La declaración de iniciación de actividades es una declaración jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) que todas las personas naturales deben efectuar, para realizar y/o iniciar sus operaciones económicas o comerciales susceptibles de producir rentas gravadas en la primera o segunda categoría de la Ley de la Renta. Puede consultar el listado de Códigos de Actividad Económica, para ver el código correspondiente a la actividad económica que declara comenzar a realizar.

¿Cómo se hace?

  • Ingrese a la página web del SII ( www.sii.cl ), menú Registro de Contribuyentes, opción , Inicio de actividades.
  • Una vez dentro elija la opción Inicio de Actividades Personas Naturales
  • Identifíquese (utilizando su RUT y Clave Secreta) y presione el botón "Iniciar Sesión".
  • Complete la información solicitada:
    - Domicilio
    - Actividad/es a desarrollar. Debe seleccionar el/los códigos que más se asemejen a la actividad que desarrollará dentro del listado de actividades propuesto y además, describir en palabras la actividad real a desarrollar. En caso de elegir actividades afectas a IVA, deberá indicar si emitirá facturas en el corto plazo.
  • Para terminar selecciones el botón "Validar".
  • El sistema revisará la consistencia de la información y le indicará si existen errores o datos obligatorios no ingresados.
  • Si todo está correcto, confirme seleccionando "Enviar".
  • Aparecerá la confirmación de su inicio de actividades y podrá imprimir su Certificado de Inicio de Actividades.

¿A quién está dirigido?

Las personas naturales obligadas con el trámite de Declaración Inicio de Actividad son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, 42° N° 2 y 48° de la Ley de la Renta. Las personas jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica obligadas con el trámite de Declaración Inicio de Actividad son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, y 42° N° 2 de la Ley de la Renta.

Requisitos

  • Contar con una Clave Secreta (Ingrese en www.sii.cl y pinche en la opción "Obtención de Clave Secreta").
  • Cédula Nacional de Identidad del contribuyente

Para complementar esta información, diríjase al sitio web del SII, sección ¿Cómo se hace para?, opción Iniciar actividades personas naturales o consulte el ícono Más Información.

Documentos requeridos

Para la obtención del RUT, chilenos en general.

  • No se requiere solicitar cédula RUT, ya que su Cédula Nacional de identidad es equivalente para cualquier tipo de trámites ante organismos públicos o privados.

Extranjeros que efectúen inversiones en Chile

  • Cédula de Identidad de extranjeros (obtenida en Chile), pasaporte o Cédula de Identidad del país de origen
  • Llenar el formulario 4415 (sólo es necesario llenar el recuadro Identificación del Contribuyente).

Para el inicio de Actividades chilenos con domicilio en Chile y con Cédula de Identidad.

  • Cédula Nacional de Identidad o fotocopia ante notario de la misma (si es otra persona la que realiza el trámite).
  • Llenar formulario 4415.
  • Acreditar domicilio.
  • Título profesional si inicia actividades que lo requieran. Cuando la profesión aparezca en la cédula de identidad, bastará con la presentación de ésta.

Extranjeros con residencia en Chile y autorizados para realizar actividades en el país (aquellos que tienen visa definitiva, temporal, sujeta a contrato, de estudiante u oficial)

  • Cédula RUT. Si no la posee, obtenerla en conjunto con la declaración de Iniciación de Actividades.
  • Cédula de Identidad de extranjeros (obtenida en Chile).
  • Llenar formulario 4415
  • Acreditar domicilio.
  • Si la visa es de estudiante, residente oficial o familiares de ellos, acompañar documento oficial que certifique que tienen autorización para desarrollar actividades en el país.
  • Si la visa es sujeta a contrato, presentar copia del contrato en cuestión.

Personas naturales dedicadas a las actividades mineras o de transporte

  • Además de acreditar los antecedentes señalados anteriormente (según sea el caso), deberán presentar los antecedentes solicitados al reverso del formulario 4415
  • Antecedentes para acreditar domicilio, según sea el caso.
  • Caso 1. Contribuyente afecto a impuestos de 2ª. Categoría (boletas de honorarios) o dedicadas al transporte de pasajeros, no es necesario presentar antecedentes para acreditar el domicilio o el de sus sucursales.
  • Caso 2. Contribuyente afecto a impuestos de 1ª Categoría (actividades comerciales, industriales, mineras, de la construcción etc.), deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según corresponda) algunos de los siguientes antecedentes:

Inmueble propio del contribuyente

  • Certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces Original.
  • Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente.
  • Original de Escritura de compra y venta u otro documento que demuestre la propiedad o usufructo (posesión efectiva, donación, etc.).
  • Original de la factura de compra del inmueble, emitida por la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la persona.
  • Carta firmada por el representante de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la persona y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento de los títulos definitivos

Inmueble arrendado:

  • Original del contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o alguno de sus socios), firmado ante Notario.
  • En el caso de "Leasing", presentar el contrato.
  • Los Contratos deben estar firmados por los propietarios, personas a quienes el propietario dé poder, corredores de propiedades que cuenten con órdenes o mandatos de los propietarios, Representantes de Empresas Inmobiliarias y/o Constructoras, demostrando (original) que son los representantes y Representante de una Comunidad o Sucesión que demuestre ser tal (original)

Inmueble cedido bajo cualquier otro concepto:

  • Autorización escrita ante Notario Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario), del propietario o arrendatario para realizar la actividad declarada. Acompañar el original (o fotocopia autorizada ante Notario) de la Cédula de Identidad de quien otorga la autorización.
  • Si el cedente es arrendatario del inmueble, demostrar además la calidad de tal según lo señalado en el punto anterior (Inmueble arrendado).

¿Dónde se realiza?

  • Los contribuyentes indicados pueden realizar este trámite a través del sitio Web del Servicio de Impuestos Internos, www.sii.cl , en la opción Inicio de Actividades. opciones todo tipo de actividades o régimen de honorarios, según corresponda.
  • En la Unidad del Servicio correspondiente al domicilio del contribuyente cuando no pudiere hacerlo por medio electrónico. Recuerde que para las Microempresas Familiares (MEF) existe un procedimiento simplificado para el Inicio de Actividades descrito en la Circular N°60 del 2002.

Si no tiene acceso a Internet:

  • Baje desde Internet el Formulario 4415 (PDF), o bien solicítelo en la Unidad del SII correspondiente a su domicilio.
  • Llene cuidadosamente el Formulario 4415. Consulte el listado de Códigos de Actividad Económica.
  • Diríjase a la Unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial y presente el formulario y los documentos requeridos de identificación y acreditación de domicilio si corresponde.
  • Debe acreditar domicilio conforme las modalidades que se distinguen en la Circular N° 31 del 2007.
  • Las personas que emprendan actividades en la 1ª categoría requieren ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizados al timbraje de facturas y otros documentos que den derecho a crédito fiscal del IVA. Será visitado en su domicilio comercial por un funcionario del SII dentro de 10 días hábiles siguientes a la presentación del inicio.
  • Las actividades de 2° Categoría no son verificadas en su actividad y domicilio, puede pasar directamente a Timbrar Documentos

Costo

No tiene costo.

Resultado

Copia contribuyente del formulario 4415 timbrada (Iniciación de Actividades).

Observaciones

La Iniciación de actividades debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades.

La declaración de Inicio de Actividades puede ser presentada por:

  • El contribuyente.
  • Un mandatario. En este caso, se debe presentar además un poder simple (firmado ante Notario o refrendado ante Ministro de Fe del SII) que lo autoriza para efectuar los trámites, la Cédula de Identidad del mandatario y Original o fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula de Identidad del contribuyente.

A las personas que por primera vez efectúen un inicio de actividades en la primera categoría, que indiquen que solicitarán timbraje de facturas, se les recuerda que requieren ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizado el timbraje de documentos, de acuerdo a los términos contenidos en la Circular Nº 10 del 1998 y sus modificaciones posteriores. Debe tener presente el contribuyente que en el caso que en el formulario 4415 indique que solicitará timbraje de facturas y otros documentos que den derecho a crédito fiscal del IVA, deberá el SII efectuarle una verificación de domicilio y actividad, para posteriormente ser autorizado el timbraje de documentos, conforme se instruye en la Circular citada.

Ventajas del trámite electrónico:

  • Ahorro de tiempo y costos administrativos al eliminar la necesidad de acudir a las oficinas del SII.
  • Evita la digitación de la solicitud y posibles errores.
  • El contribuyente puede ingresar a través de Consulta de Estado de solicitud de Inicio de actividades, y acceder al certificado de Inicio en caso de casos terminados.
  • Contribuyente puede guardar una declaración de inicio sin enviarla, para retomarla posteriormente a través de Internet y ejecutarla.
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