Reconocimiento de beneficiarios del Sistema de Reintegro de Derechos Aduaneros

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Última actualización: 13/06/2011

Descripción:

Permite acceder al Sistema de Reintegro de los Derechos de Aduana contemplados en la Ley N°18.708.

Para quién:

Exportadores de mercancías y personas que vendan a las Zonas Francas mercancías nacionales, en las que se hayan incorporado o consumido insumos nacionalizados.

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Procedimiento a cargo del Servicio Nacional de Aduanas que permite solicitar el reconocimiento y la inscripción como beneficiario, para acceder al Sistema de Reintegro de los Derechos de Aduana contemplados en la Ley N°18.708, utilizando las aplicaciones computacionales de la institución.

¿A quién está dirigido?

  • Exportadores de mercancías en las cuales se hayan incorporado o consumido insumos nacionalizados.
  • Personas que vendan a las Zonas Francas mercancías nacionales, en las que se hayan incorporado o consumido insumos nacionalizados.

Requisitos

  • Ser exportador.
  • Haber incorporado o consumido insumos nacionalizados en un bien exportado, en un servicio remitido al exterior o en una mercancía nacional vendida a Zona Franca Primaria (usuario de Zona Franca).

Documentos requeridos

  • Solicitud simple indicando el nombre o razón social del beneficiario, RUT, dirección y sector productivo.
  • Fotocopia del Rut del beneficiario.
  • Escritura pública de la constitución de la empresa (copia legalizada ante Notario Público), con sus modificaciones, si procediere.
  • Certificado de inscripción vigente de la empresa en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, con una antigüedad máxima de seis meses.
  • Mandato legal actualizado que acredite la representación del requirente, respecto del beneficiario del régimen.
  • En caso que la solicitud sea presentada directamente por el representante legal de la empresa, se deberá acreditar tal condición, mediante copia del mandato legal reducido a Escritura Pública, con la constancia de su inscripción en el registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente.
  • Registro de firmas, nombre y Rut del Representante Legal o la persona autorizada para suscribir las Solicitudes de Reintegro. Este registro debe ser actualizado cuando se produzcan cambios.
  • Listado de los insumos extranjeros que participan en la producción del bien exportado.
  • Descripción del o los procesos productivos en el cual participan los insumos extranjeros.

¿Dónde se realiza?

En la Dirección Nacional de Aduanas, Subdepartamento Regímenes Especiales, Plaza Sotomayor N° 60, piso 1, Valparaíso.

Tiempo de realización

10 días.

Costo

Gratuito.

Resultado

  • Inscripción e ingreso en el sistema computacional de beneficiarios de la Ley N°18.708.
  • Oficio al interesado comunicando su reconocimiento como beneficiario de Ley N°18.708.
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