Concesión de acuicultura

concesión, consesion, acuicultura, acuicultura, sernapesca,
Última actualización: 27/10/2011

Descripción:

Permite realizar actividades de cultivo de especies hidrobiológicas en espacios que corresponden a competencia de la Autoridad Marítima.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas que deseen realizar actividades de cultivo de especie hidrobiológicas.

Formularios:

Descargar

Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) recibe las solicitudes y antecedentes de personas naturales y jurídicas que desean obtener una concesión de acuicultura, para áreas que son de competencia de la Autoridad Marítima (mar, ríos y lagos navegables por buques de más de 100 TRG) y han sido declaradas como apropiadas para el ejercicio de la acuicultura por el Ministerio de Defensa.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que deseen realizar actividades de cultivo de especie hidrobiológicas (Art 5 D.S. 290/1993).

Requisitos

Las personas naturales chilenas y extranjeras con permanencia definitiva.

Las personas jurídicas chilenas, constituidas según las leyes patrias. En caso que tengan participación de capital extranjero, contar con la aprobación previa del organismo oficial apropiado para autorizar la correspondiente inversión extranjera, de conformidad con las leyes y regulaciones vigentes.

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud de concesión de acuicultura.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad del solicitante y del representante legal, cuando se trate de una persona jurídica.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad, cuando se trate de personas naturales.
  • Planos de ubicación geográfica y de la concesión.
  • Si la persona jurídica no está inscrita en el registro de persona jurídica que lleva la Subsecretaría de Pesca, además deberá adjuntar los documentos que acrediten al representante legal y la sociedad. art. 10º del DS 290/93 y 640/94.
  • Comprobante de pago ante la Tesorería General de la República, de la consignación por la superficie requerida, en caso de optar a quedar regido por el régimen del artículo 80 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
  • Fotocopia autorizada de la inscripción de dominio a nombre del fisco, con certificación de vigencia, cuando el sector solicitado corresponda a un terreno de playa.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

65 días corridos en promedio, aunque no existe un plazo reglamentario para enviar los informes técnicos a la Subsecretaría de Pesca.

Costo

Gratuito.

Resultado

Solicitudes de concesión de acuicultura aceptadas a trámite e informadas a Subsecretaría de Pesca.

Observaciones

  • Este procedimiento requiere de la definición de las Áreas Apropiadas (AAA) para el ejercicio de la Acuicultura.
  • Actualmente no se encuentran definidas las AAA en la región de Valparaíso.
concesión, consesion, acuicultura, acuicultura, sernapesca,

subir