Registro de centros que no requieren de concesión de acuicultura

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Última actualización: 10/05/2011

Descripción:

Habilita para desarrollar actividades de acuicultura a centros ubicados en terrenos de propiedad privada, con captación de aguas continentales o marinas; o aquellos que se desarrollen en aguas que nacen, corren y mueren en una misma heredad, previa inscripción en el Registro Nacional de Acuicultura.

Para quién:

Personas naturales o jurídicas.

Formularios:

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Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) permite desarrollar actividades de acuicultura sin una concesión de acuicultura, a centros ubicados en terrenos de propiedad privada con captación de aguas continentales o marinas; y aquellos ubicados en aguas que nacen, corren y mueren en una misma heredad, previa inscripción en el Registro Nacional de Acuicultura.

Este permiso es de carater indefinido.

Según lo establece la Ley General de Pesca y Acuicultura, N° 18.892, en su artículo 69 inciso 6°, señala que "La inscripción en el Registro es una solemnidad habilitante para el ejercicio de la actividad de acuicultura".

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas que deseen desarrollar actividades de acuicultura en sectores que por sus características no requieren de concesión de acuicultura.

Requisitos

Para personas naturales:

  • Ser chileno o extranjero con permanencia definitiva.

Para personas jurídicas:

  • Estar constituida legalmente en Chile.
  • Si cuenta con participación de capital extranjero, acreditar que la inversión está autorizada.

Documentos requeridos

  • Formulario de Inscripción en el Registro Nacional de Acuicultura.
  • Formulario de Proyecto Técnico.
  • Fotocopia del Rut o Cédula de Identidad.
  • Planos de ubicación geográfica y de las instalaciones.
  • Resolución de Calificación Ambiental o carta del Servicio de Evaluación Ambiental, señalando que no requiere someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
  • Si es persona jurídica, documentos que acrediten al representante legal y la sociedad.
  • Documentos que acrediten la calidad jurídica del terreno y las aguas.

¿Dónde se realiza?

Tiempo de realización

15 días hábiles en promedio (no existe plazo legal o reglamentario).

Costo

Gratuito.

Resultado

Inscripción en el Registro Nacional de Acuicultura (RNA) de centros que no requieren de concesión de acuicultura.

Observaciones

  • En caso de ingresar la solicitud con documentación incompleta, ésta es devuelta formalmente al peticionario.
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