Iniciación de Actividades o Ampliación de Giro a Exportador

Última actualización: 28/10/2009

Para quién:

Personas naturales y jurídicas

Descripción:

Obtención de inicio de actividades y autorización de facturas de exportación, o ampliación de giro a actividades de exportación

Ficha Completa

¿En qué consiste?

Previo a realizar el proceso de exportación, el potencial exportador nacional debe poseer facturas de exportación, que son diferentes a las facturas nacionales que posee cualquier empresa. Para proceder al timbraje de estos documentos, el empresario debe especificar en su iniciación de actividades, en la descripción del giro (independiente del rubro), que su intención es exportar. (Formulario 4115 del SII) Si el empresario tiene un giro económico determinado antes de decidirse a exportar, podría requerir un ampliación de giro, donde agregará esta característica a su rubro. Posteriormente, el exportador nacional debe declarar mensualmente su IVA o solicitar su reintegro, en caso de proceder. Las facturas de exportación son diferentes a las nacionales en sus requerimientos legales de diseño. Al tratarse de documentos que se transan en el extranjero, pueden estar escritas en español e inglés y los valores se expresan en dólares, euros u otra moneda extranjera.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas.

Documentos requeridos

Iniciación de actividades ampliación degiro o formulario 3239 del SII

Tiempo de realización

Una hora (incluye timbraje de facturas)

Costo

Este trámite no tiene costo.

Resultado

  • Copia de ampliación de giro
  • Iniciación de actividades, facturas de exportación timbradas

Observaciones

Con este trámite es posible registrar y controlar las exportaciones, y también puede accederse a los programas de fomento a las exportaciones.
En el caso de contribuyentes con Inicio de Actividades vigente, si alguno de sus giros declarados se relacionan con actividades de exportación, no es necesario solicitar la ampliación de giro, sino sólo solicitar el timbraje de documentos de exportación

Instituciones Relacionadas

Tesorería General de la República.

Tipo de Usuario

Persona Natural
Persona Jurídica

Vigencia del trámite

Mientras no se realice una nueva modificación a la Actividad Comercial.

Paso a Paso

  1. Tomar la decisión de exportar
  2. Dirigirse a la oficina del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a la jurisdicción de su empresa.
  3. Solicitar los formularios según el trámite que va a realizar: 3.a.- Si no ha hecho su Iniciación de Actividades (Ver Creación de Empresas), debe proceder a efectuarla, y en la descripción de giro, debe especificar el o los rubros que destinará a exportación. 3.b.- Si ya tiene su empresa establecida y desea comenzar a exportar, podría requerir la realización de la Ampliación de Giro, especificando en la descripción del giro, la intención de exportar.
  4. Entregar los formularios en el mesón correspondiente.
  5. Aprobada la Iniciación de Actividades o Ampliación de Giro en caso de requerirse, se entrega el o los talonarios de facturas para timbrar.
  6. Se reciben las facturas de exportación timbradas y la copia de la iniciación de actividades.

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