Declaración de Formulario 29 o Formulario 50

impuestos mensuales, declarar, formulario 29, formulario 50, consultar estado, rectificar
Última actualización: 30/11/2010

Descripción:

El Servicio de Impuestos Internos (SII) cuenta con dos modalidades para efectuar las declaraciones de los F29 ó F50 de manera electrónica desde el sitio web.

Para quién:

Contribuyentes, personas naturales, personas jurídicas y otras

Formularios:

Descargar

Ficha Completa

¿En qué consiste?

El Servicio de Impuestos Internos (SII) dispone de las siguientes opciones de declaración mensual, disponibles en el sitio web del SII, menú Impuestos Mensuales:

  • Declarar y pagar (F29 y F50)
  • Declarar F29 sin movimiento
  • Corregir o rectificar declaraciones (F29 y F50)
  • Declarar F29 propuesto para contribuyentes acogidos al 14 TER

¿A quién está dirigido?

A todos los contribuyentes que deseen declarar en el F29 ó F50 de manera electrónica desde el sitio web del SII.

Requisitos

  • Contar con acceso a un computador conectado a Internet
  • Ser usuario registrado y autorizado ante el SII.
  • En caso que la declaración genere un pago, este debe realizarse en línea seleccionando la opción de pago.

Documentos requeridos

Ninguno, al ser un trámite en línea, sólo necesita la información que declarará ante el SII, y ser usuario autorizado del sistema.

¿Dónde se realiza?

A través de internet en el sitio web institucional www.sii.cl, Menú Impuestos Mensuales.

Tiempo de realización

No informa

Costo

No tiene costo.

Resultado

Declaración electrónica, Formulario 29 ó 50.

Observaciones

Las aplicaciones electrónicas le permiten seleccionar la declaración de impuesto mensual del Formulario 29 ó Formulario 50.

  • Formulario en papel

Los contribuyentes que requieran presentar el Formulario 29 ó 50, en papel, deben adquirirlo en los quiscos de diarios o bien solicitarlo en las unidades del país. Las instituciones financieras, solo reciben formularios con pago.

  • Consulta Estado de Declaración Formulario 29 ó 50

Una vez presentada la declaración, desde el sitio Web del SII, usted puede consultar los siguientes eventos asociados:

    1. Consultar estado de declaración, para verificar la declaración presentada y su estado
    2. Verificar declaración por terceros, para lo cual debe contar con la declaración presentada por un contribuyente.
    3. Consultar y pagar giros, relacionados con una declaración presentada y que origino giros y el pago de éstos.

  • Rectificatoria a la Declaración Formulario 29 ó 50

Una vez que se ha presentado una declaración, el contribuyente puede hacer una rectificatoria o modificatoria a su declaración, desde el sitio Web, menú Impuestos Mensuales o en la unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial.

Los siguientes tipos de rectificaciones no pueden ser realizadas por Internet, por lo que deberán efectuarse directamente en las oficinas del SII correspondientes al domicilio del contribuyente:

  • Fusionar Declaraciones.
  • Corregir Declaraciones con error en la fecha de presentación.
  • Corregir Declaraciones con error en el período tributario.
  • Corregir Declaraciones que presenten error en el Rut del contribuyente.
  • Correcciones en el monto pagado (códigos 91 y 94 del Formulario 29).
  • Correcciones que producen aumento en el Remanente de IVA, de Impuestos Adicionales o de Cambio de Sujeto.
  • Traspasos o traslados de montos entre códigos de Impuestos a Pagos Provisionales Mensuales o Retenciones.
  • Correcciones a los códigos de devoluciones.
  • Rectificaciones que generan una devolución de dinero, producto del pago de impuesto indebido o en exceso.
  • Corregir declaraciones si el contribuyentes se encuentra en Proceso de Fiscalización o inconcurrente a éste.
impuestos mensuales, declarar, formulario 29, formulario 50, consultar estado, rectificar

subir