Inversionistas, empresarios.
Estudio y declaración de impacto ambiental
El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) es el principal instrumento para prevenir el deterioro ambiental en el país.
¿En qué consiste?
El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) es un instrumento de gestión destinado a prevenir el deterioro ambiental debido a la ejecución de proyectos de inversión en el país.
Todo proyecto o actividad susceptible de causar impacto ambiental, incluidas sus modificaciones, sólo se puede ejecutar o modificar previa evaluación de su impacto ambiental, mediante la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
Someter un proyecto o actividad al SEIA permite acreditar el cumplimiento de la normativa y obtener las autorizaciones ambientales respectivas. En el caso de los Estudios de Impacto Ambiental, permite determinar si el proyecto o actividad se hace cargo de los efectos ambientales que genera, mediante la aplicación de medidas de mitigación, reparación y/o compensación.
Luego del análisis, la Comisión Regional o Nacional del Medio Ambiente, según corresponda, emite una Resolución que califica ambientalmente el proyecto.
Para facilitar este procedimiento, la Comisión Regional o Nacional del Medio Ambiente cuenta con un sistema electrónico -disponible en internet- que permite al titular de un proyecto ingresar en línea la Declaración o Estudio de Impacto Ambiental para su evaluación.
A través de mensajes de correo electrónico, el titular recibe los avisos del estado del proceso de evaluación del Estudio o Declaración de Impacto Ambiental. Además, puede acceder en línea al expediente del proceso de evaluación.
¿A quién está dirigido?
- A los titulares de aquellos proyectos de inversión que son susceptibles de causar impacto ambiental, estos proyectos se encuentran especificados en el Articulo 10 en la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº 19.300/1994 o el artículo N° 2 del D.S. 95/2001 que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado Reglamento del SEIA.
- Los titulares de aquellos proyectos que no estén incorporados en los aludidos listados, pueden someterse voluntariamente a evaluación ambiental.
Requisitos
- El Estudio o la Declaración de Impacto Ambiental debe ser presentado por su respectivo titular, y sus contenidos son de su exclusiva responsabilidad.
- La presentación de la DIA o EIA es esencialmente electrónica y para tales efectos el titular debe contar con Firma Electrónica Avanzada. Asimismo, debe estar registrado en www.e-seia.cl, ya sea como Titular persona natural, o como representante legal de la persona jurídica proponente del proyecto o actividad, o su modificación.
- El titular debe completar el formulario con los contenidos correspondiente al tipo de presentación del proyecto o actividad, ya sea DIA o EIA. Posterior a esto la DIA o EIA se suscribe con Firma Electrónica Avanzada la cual tiene validez legal. Es necesario el envío de copias en papel para llevar a cabo el proceso de Participación Ciudadana.
- En el caso que el titular del proyecto no realice la presentación electrónica, deberá solicitar explícitamente a la autoridad que la presentación y la tramitación se lleve a cabo mediante papel, en estos casos la presentación en www.e-seia.cl sólo constituye la copia electrónica de la presentación en papel, siendo esta última la que tiene validez legal. Asimismo, el titular deberá presentar, junto a la Declaración o EIA, todas las copias necesarias para su evaluación por parte de los Servicios Públicos competentes.
- Para el caso de los EIA el titular debe publicar un extracto del EIA en el Diario Oficial y en un Diario de Circulación Nacional o Regional, dentro de los 10 primeros días contados desde la presentación del respectivo EIA.
Documentos requeridos
Declaración de Impacto Ambiental
- Antecedentes generales del proyecto
- Descripción del proyecto
- Antecedentes que acredite que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
- Documentación y antecedentes que acrediten el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.
- Documentación y antecedentes que acrediten el cumplimiento de los Permisos Ambientales Sectoriales.
- Descripción de la relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo regional y comunal.
- Compromisos ambiental voluntarios si los considera
Estudios de Impacto Ambiental
- Extracto del EIA
- Descripción de proyecto
- Línea base del proyecto que considere los proyectos que cuenten con Resolución de calificación ambiental favorable, en su área de influencia.
- Descripción pormenorizada de los efectos, características o circunstancias señaladas en el articulo 11 de la ley 19300 que dan origen a la presentación del EIA
- Predicción y evaluación de los efectos características o circunstancias señaladas en el articulo 11 de la ley 19300 que dieron origen a la presentación del EIA
- En el caso que sea necesario se deberá agregar un capitulo sobre los potenciales riesgos que genera el proyecto sobre la salud de la población, de acuerdo al articulo 12 letra b) de la Ley 19300 .
- Las medidas que permitan acreditar que se hace cargo de los efectos ambientales mencionados en el Art. 11 de Ley 19300.
- Antecedentes que acrediten que el proyecto cumple con la normativa ambiental y con los requisitos y contenidos de los permisos ambientales sectoriales (artículos del Título VII del Reglamento del SEIA).
- Plan de seguimiento ambiental de las variables ambientales que dieron origen a la presentación del proyecto o actividad como EIA.
- Descripción de la relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo regional y comunal
- Procesos de negociación con los interesados antes del proceso de evaluación, si es que el titular los a realizado.
¿Dónde se realiza?
- Por internet en www.e-seia.cl
- Presencialmente, en las oficinas de la Dirección Regional de Comisión Nacional del Medio Ambiente correspondiente al lugar en que se pretende ejecutar el proyecto o actividad, o su modificación.
- En caso que el proyecto o actividad pueda causar impactos ambientales en más de una región, debe presentarlo ante la Dirección Ejecutiva de Comisión Nacional del Medio Ambiente, ubicada en Teatinos 254, Santiago.
Costo
Sin costo para el titular.
Resultado
Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto o actividad, o su modificación.
Observaciones
El procedimiento de evaluación de Impacto se encuentra especificado en la Ley 19300/94 Modificada por la Ley 20417/2010 y el Reglamento D.S. 30/97 del Minsegpres, texto Refundido, Coordinado y Sistematizado por el Reglamento D.S. 95/2002 del Minsegpres, disponible en el sitio web del Sistema Nacional de Información Ambiental (Sinia)
Ventajas del trámite electrónico:
- Menor tiempo de evaluación.
- Información en línea del proceso de evaluación.
- Mayor transparencia del proceso.
- Ahorro en gastos operacionales.


