Contribuyentes.
Cartola Tributaria Electrónica
Aplicación que permite a los contribuyentes generar una Cartola Tributaria para conocer su situación tributaria, incluyendo la información de inicio de actividades, pagos y declaraciones.
¿En qué consiste?
Aplicación que permite a los contribuyentes generar una Cartola Tributaria Electrónica, para conocer de manera resumida y amigable su situación tributaria ante el Servicio Impuestos Internos (SII). La Cartola Tributaria está compuesta, en primer lugar, por el registro del contribuyente, donde se indica:
- Inicio de Actividades.
- Término de Giro.
- Teléfono Fax.
- Actividad.
- Categoría tributaria.
- Domicilio.
- Sucursales del contribuyente.
- Oficinas del SII para trámites presenciales.
- Últimos documentos autorizados.
- Observaciones Tributarias.
- Propiedades y Bienes Raíces.
En segundo término puede acceder a la información anual sobre declaraciones de los últimos cuatro años tributarios, la información contenida en estos ítems se presenta al contribuyente de la siguiente manera:
- Declaración de Renta.
- Declaraciones Juradas.
- Declaración Formulario 29, (IVA, PPM).
- Declaración de formulario 50 (últimas 12 declaraciones).
¿A quién está dirigido?
A todos aquellos contribuyentes que requieran obtener una cartola tributaria electrónica, con información detallada de un determinado año tributario.
Requisitos
- Tener acceso a internet
- Ser usuario autorizado para operar en www.sii.cl, es decir, tener Rut y Clave Secreta.
Documentos requeridos
Ninguno.
¿Dónde se realiza?
Por internet, accediendo a www.sii.cl, opción Cartola Tributaria del contribuyente.
Costo
No tiene costo.
Resultado
- Cartola Tributaria Electrónica del contribuyente en línea e imprimible en un formato estándar (PDF).
Observaciones
- Para cada una de las áreas descritas en la cartola, existe la opción de modificar/actualizar datos.
- Las declaraciones que se presentan en papel retrasan la actualización de las bases de datos del SII, por lo cual se demoran algunos días en aparecer en la Cartola.
- La Cartola Tributaria Electrónica puede ser enviada a un tercero, a través de un correo.


