Beneficio creado en el marco de la Reforma Previsional que obliga a los empleadores a pagar las cotizaciones destinadas al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia de sus trabajadores. Entrará en vigencia gradualmente a partir del 1 de julio del 2009.
Permite obtener un dictamen que reconoce el derecho a percibir los beneficios reclamados; o bien indica los motivos por los cuales el trabajador no tendría derecho a recibirlos.
Permite revisar la decisión adoptada por una mutual o por el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), al calificar un accidente del trabajo o una patología laboral o profesional.
Permite a los trabajadores afiliados a Fonasa reclamar en contra de una resolución por el cálculo erróneo de subsidios por incapacidad laboral común, ante la Superintendencia de Seguridad Social. Los afiliados a isapre, deben reclamar primero ante la Compin respectiva.
Las licencias de los trabajadores afiliados a Fonasa se presentan en la Sub Comisión de la Compin correspondiente al domicilio laboral; y las de aquellos pertenecientes al sistema privado de salud, en la isapre respectiva.